En aras de garantizar la cuarentena nacional, los funcionarios de los cuerpos de seguridad del Estado abusan de su autoridad y violan derechos humanos fundamentales consagrados en la Constitución y en pactos y convenios internacionales suscritos por Venezuela. El Pitazo registró denuncias y videos publicados en redes sociales así como casos reseñados por el equipo de corresponsales, para evidenciar los abusos policiales cometidos en los últimos cuatro meses. Se pudo constatar que existe un patrón a nivel nacional

Realizado por: Alexander Olvera y Patzzy Salazar

Desde el 25 de mayo, los esposos Yorvis Silva y Ruth Laya están presos en su casa por incumplir la cuarentena en el estado Cojedes. En Barquisimeto, una abogada fue golpeada por no pagar una inexistente multa. En Portuguesa, una anciana fue humillada por una funcionaria policial que pretendía desnudarla. En Zulia, una policía municipal que formó firme en un patio a quienes se encontraban en las calles en horas no permitidas.

Desde que comenzó la cuarentena, en las redes sociales y medios de comunicación se observa un incremento de abusos de autoridades bajo el argumento de hacer cumplir las medidas de aislamiento social ordenadas por el gobierno de Nicolás Maduro. El Pitazo realizó un análisis de casos y observó un patrón constante en nueve estados y el Distrito Capital..

El pasado 25 de mayo, Silva y Laya fueron arrestados por funcionarios de Policojedes cuando caminaban de regreso a su casa. El argumento: violar la cuarentena.

La pareja venía del centro de Tinaquillo de comprar comida para su bebé de cuatro meses, a quien habían dejado a cargo de un familiar. La falta de transporte los obligó a irse caminando hacia su residencia en un sector poco concurrido de la periferia del municipio. La detención se produjo cerca de las cinco de la tarde. De acuerdo con el decreto estadal, en Cojedes las personas no pueden permanecer en las calles después de las tres de la tarde.

En el trayecto, funcionarios de la policía de Cojedes los detuvieron por violar el decreto presidencial y fueron llevados al Comando de la Policía Estadal de Cojedes, en Tinaquillo, donde compartieron un espacio con 19 personas apresadas por el mismo hecho. El matrimonio estuvo cuatro días en un retén policial. Los familiares aparte de cuidar a su bebé debían llevarle todos los días la comida para garantizar su alimentación.


LA PAREJA ESTÁ PRESA EN SU CASA Y YORVIS, QUE ES SUSTENTO DEL HOGAR, NO HA PODIDO SALIR A TRABAJAR


Yorvis y Ruth, junto a las 19 personas que estaban en la celda, fueron presentados ante la Fiscalía del Ministerio Público cuatro días después de su arresto, a pesar de que la ley establece 48 horas para este procedimiento. Los llevaron en un autobús esposados y custodiados por funcionarios policiales. La jueza desestimó los alegatos presentados por la defensa privada y se acogió a la petición fiscal. Solicitó arresto domiciliario para todos por violar el decreto presidencial.

La pareja está presa en su casa y Yorvis, que es sustento del hogar, no ha podido salir a trabajar. Dependen de un familiar para que haga las compras del hogar.

Estas 21 personas están presas en sus casas a pesar de que violar la cuarentena no constituye un delito, ni está contemplado en el ordenamiento jurídico venezolano, explica Néstor Gutiérrez, coordinador del Foro Penal en Cojedes. Aseguró que la conducta de las personas no se encuadra dentro del tipo penal que es imputado por el Ministerio Público.

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Además, agregó que desde que los funcionarios policiales realizan el procedimiento incurren en abusos, porque solo hay dos formas establecidas en las leyes para una detención: el delito en flagrancia y la orden emanada de un tribunal. En estos casos, comenta, no se corresponde.

Añadió que el tribunal ratifica la imputación del Ministerio Público y solicita arresto domiciliario hasta que se termine la cuarentena. “Esto es contrario a la norma, porque no se le puede imponer a nadie una pena indeterminada. A estas personas se les viola el segundo bien más preciado que tiene el individuo, después de la vida, que es la libertad personal. Tampoco se puede solicitar ningún procedimiento en los tribunales, porque todo está paralizado. Esta gente está presa en su casa”.

Desde que el gobierno de Nicolás Maduro decretó la cuarentena por la confirmación de dos casos positivos de COVID-19 en Venezuela, el pasado 13 de marzo, los cuerpos de seguridad del Estado han arreciado su acción en contra de la ciudadanía para garantizar el cumplimiento de las medidas sanitarias. Las redes sociales han servido para documentar los abusos cometidos por estos funcionarios. Algunos casos tomaron notoriedad por la forma desmedida en la que actuaron los policías.

Golpizas, privación ilegítima de libertad, intimidaciones, sobornos y tratos crueles, son algunos de los abusos que El Pitazo registró en nueve estados del país y Distrito Capital. Expertos indican que estas acciones son cometidas fuera de la ley. El estado de alarma decretado el 13 de marzo, no suspende el respeto a los derechos humanos.

Abusos de autoridades en al menos nueve estados y Distrito Capital

Yorvis, su esposa y las otras 19 personas son solo una muestra. La lista de abusos se extiende a lo largo del territorio nacional. El Pitazo registró los abusos difundidos a través de redes sociales, y otros reseñados por el equipo de corresponsales, para conocer las arbitrariedades cometidas contra los venezolanos por parte de los funcionarios de las fuerzas de seguridad del Estado, durante los cuatro meses que lleva el país en cuarentena. Se pudo constatar que existe un patrón en al menos nueve estados: Trujillo, Táchira, Miranda, Lara, Anzoátegui, Vargas, Carabobo, Sucre, Cojedes y Distrito Capital.

Los abusos vulneran los derechos humanos

El 23 de junio la detención de la abogada Eva Leal en el Puente Macuto, en Barquisimeto, estado Lara, se hizo viral.

En el video de su aprehensión se observa como una funcionaria la tiró al piso, golpeó y acusó de intentar quitarle su arma de reglamento.

La abogada requirió cuatro puntos de sutura en la cabeza después de la agresión. Además, sufrió lesiones en columna y rodillas. “Le rastrilló la cara con el pavimento”, contó en aquel momento a El Pitazo un sobrino de Leal que estaba en el sitio. También relató que los funcionarios de la Guardia Nacional y de la Alcaldía de Iribarren les estaban cobrando una multa de Bs. 350.000 y un pago adicional de Bs. 150.000 por cada persona a bordo del vehículo –a una cuenta bancaria personal– por incumplir con la prohibición de circulación después de las 3:00 pm.

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Hasta el momento, se desconoce si la funcionaria es investigada por este hecho que fue comparado por el Colegio de Abogados del Estado Lara, con el caso de George Floyd en Estados Unidos, quien murió luego de que un policía utilizara su rodilla para apretar su cuello contra el asfalto mientras era retenido.

La abogada en ejercicio, Lilibeth Sandoval, señala que la Constitución establece los estados de excepción en el artículo 337 que son decretados por el Presidente de la República en consejo de ministros.

El estado de alarma, uno de los tres tipos de estados de excepción, establece que puede ser decretado por catástrofes y calamidades públicas u otro acontecimiento que ponga en peligro la seguridad de la nación.

Sin embargo, la especialista advierte: “Los abusos cometidos por funcionarios de los cuerpos de seguridad del Estado al realizar un procedimiento fuera de la norma hay que denunciarlos. En los estados de excepción hay que garantizar los derechos humanos de los ciudadanos”.


En los estados de excepción hay que garantizar los derechos humanos de los ciudadanos

Lilibeth Sandoval, abogada en ejercicio

Sandoval explica que los funcionarios de los cuerpos de seguridad del Estado violan derechos humanos fundamentales al detener una persona que no comete delito, golpearla, incomunicarla, amedrentarla o someterla a torturas y a tratos crueles e inhumanos como el de gritar consignas por no llevar tapabocas.

A juicio del criminólogo, Luis Izquiel, en Venezuela se están produciendo infinidades de abusos policiales en medio de la pandemia de COVID-19. Advierte que en la legislación del país no existe un delito para quienes violen la cuarentena ni una pena determinada.

Explica que hay un vacío legal con respecto a estos comportamientos (no cumplir la cuarentena) y, comenta, a esta situación se le añade la descomposición de los cuerpos de seguridad en el país: presencia de funcionarios corruptos y no capacitados que aprovechan la anarquía para exigir coimas y pagos para no sancionar a las personas.

Además, alerta que la población se confunde cuando todas las semanas cambian las condiciones de la cuarentena, se crea una desinformación importante en la población. Agrega que ante la ausencia de Estado de derecho los ciudadanos y las comunidades deben organizarse y alzar la voz para denunciar estos atropellos y violaciones a los derechos humanos.

El 29 de julio, El Pitazo, a través de correo electrónico solicitó una entrevista con el fiscal General de la República, Tarek William Saab; y con el Defensor del Pueblo, Alfredo Ruiz Angulo, para conocer su opinión al respecto de los abusos que funcionarios de seguridad han cometido durante la cuarentena.

La Lopnna también es ignorada

No solo los adultos han tenido que pasar por detenciones arbitrarias durante la cuarentena, los niños y adolescentes también son blanco de los funcionarios de seguridad. Así se pudo observar en un video publicado el 29 de mayo por el medio digital Punto de Corte en Twitter. En el video, la policía del estado Vargas sube a un camión a un grupo de niños que se encontraban volando papagayo.

Sobre esta situación, Rosaura Herrera, exjueza de protección de niños y adolescentes, explica: «Detener a un adolescente por no llevar tapabocas o violar el decreto es muy grave. Eso hay que abordarlo, para que no se convierta en un hábito. El Estado está en la obligación de garantizar a los niños, niñas y adolescentes el disfrute pleno de sus derechos”.

Herrera señala que en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopnna) establece en su artículo 638 que la privatización de libertad es una medida sujeta a los principios de excepcionalidad y de respeto a la condición peculiar de persona en desarrollo. Agrava que solo se puede detener a adolescentes que superen los 14 años. «Los menores de 12 años no se detienen», advierte.


Detener a un adolescente por no llevar tapabocas o violar el decreto es muy grave

Rosaura Herrera, exjueza de protección a niños y adolescentes

La exjueza menciona que los adolescentes sólo podrán privarse de libertad cuando cometen los siguientes delitos: homicidio, salvo el culposo; lesiones gravísimas, salvo las culposas; robo agravado, violación, secuestro, tráfico de drogas, robo o hurto sobre vehículos automotores.

Agrega que la ley no contempla la privativa de libertad por alguna falta contenida en un decreto. Menciona que en Venezuela en materia penal priva el principio de legalidad, que es que la persona no puede ser sancionada por un delito que no esté contemplado en las leyes.

En el marco de la cuarentena, ¿sientes que se te han vulnerado tus derechos? ¿Has sido víctima del abuso policial? Cuéntanos en los comentarios.

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