La Corte Constitucional de Colombia le hizo un llamado a las universidades de ese país para no negar al acceso a la educación superior a los migrantes venezolanos que posean Permiso por Protección Temporal (PPT).
Esto, luego de que una joven venezolana presentara una acción contra la Universidad de Nariño tras negar su inscripción al presentar su PPT, alegando que este no era permitido por el reglamento interno.
El magistrado Juan Carlos Cortés dijo que «el derecho a la educación supone la posibilidad de acceder al sistema en condiciones de igualdad»; según reseñó Semana.
La Corte ordenó a la universidad permitir la inscripción de la joven y pidió a las demás universidad recibir el PPT como documento legal migratorio para venezolanos.
Según lo establecido por el Gobierno Colombiano, el PPT también permite a las personas otros trámites y beneficios como:
- Afiliarse al Sistema de Seguridad Social en Salud.
- Apertura y contratación de productos y/o servicios financieros.
- Registrarte en el Sistema de Identificación de Potenciales Beneficiarios de Programas Sociales.
- Estudiar en el Servicio Nacional de Aprendizaje.
- Obtener licencia de conducir colombiana.
- Acceder a una Visa de Residente.