Por La Hora de Venezuela
Caracas. Al menos 12 indígenas de los pueblos originarios baré, puinave, pemón, jivi, wayú, baniva, piapoco y yekwana han sido detenidos en el contexto poselectoral del 28 de julio. La información fue precisada por la ONG Foro Penal el 23 de agosto. La organización señaló que no protestaban cuando fueron apresados por los organismos de seguridad.
El coordinador de Pueblos Indígenas de la ONG Foro Penal, abogado Olnar Ortiz, dijo que desde el 28 de julio hasta el 20 de agosto detuvieron a 15 indígenas, 3 de ellos fueron liberados y los otros 12 siguen bajo arresto. Todos pertenecen a 8 pueblos originarios en 4 estados: Aragua, Amazonas, Bolívar y Zulia.
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Ortiz precisó que cuatro de ellos pertenecen a la etnia baniva, uno a la puinave, uno es jivi, otro es yekwana, también hay un piapoco, una pemón, dos baré y un wayú. Sus detenciones se realizaron en zonas urbanas de los municipios Puerto Ayacucho, Mara, Gran Sabana y Maracay.
Los tres indígenas en libertad son del pueblo baniva, en Amazonas. Uno de ellos es una adolescente que capturaron en Puerto Ayacucho, estado Amazonas. Los otros dos estudiaban en Maracay, estado Aragua, y son primos del puinave que sigue detenido.
”Esto es un pueblo, es muy común que la gente cocine en un río (…). Ellos (efectivos de la GNB) lo catalogaron como que ellos (banivas) estaban en la manifestación. Pero realmente no estuvieron en ninguna manifestación, porque incluso en el acta dicen que ellos cargaban cabillas”, explicó Ortiz.
¿Qué pasó con los indígenas?
El abogado añadió que las autoridades involucraron a este grupo en las protestas del 30 de julio, aunque los apresaron el día anterior. ”Y todo esto está en el acta policial”, recalcó el jurista de Foro Penal. El patrón se repitió con otros indígenas que fueron apresados en otras ciudades.
Ortiz explicó que a ninguna de las 12 personas le permitieron que la defendiera un abogado de su confianza. Tampoco pudieron hablar durante los juicios telemáticos, lo cual violó su derecho a identificarse como indígenas.
”Ahí se les está irrespetando otro derecho fundamental, como el de tener un intérprete durante la audiencia o durante todo el proceso del sistema judicial”, declaró Ortiz.
El artículo 139 de la Ley Orgánica de Pueblos y Comunidades Indígenas indica: ”El Estado garantiza a los indígenas el uso de sus idiomas originarios en todo proceso administrativo o judicial. Se requerirá del nombramiento de un intérprete, a los fines de prestar testimonios, declaraciones o cualquier otro acto del proceso. Los actos que hayan sido efectuados sin la presencia del intérprete serán nulos”.
Según Foro Penal, hasta este 22 de agosto se reportó la detención de 1.674 personas, de las cuales 216 son mujeres y 107, adolescentes.