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viernes, 29 marzo, 2024

TSJ pide al Comité de Postulaciones Electorales lista de preseleccionados para integrar el CNE

En 72 horas, el Comité de Postulaciones Electorales deberá consignar ante la Sala Constitucional del TSJ una lista con las personas preseleccionadas para conformar el Poder Electoral

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Caracas.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia exhortó la noche de este 10 de junio al Comité de Postulaciones Electorales a que, en 72 horas, consigne la lista de ciudadanos preseleccionados para conformar el Consejo Nacional Electoral. Sin embargo, el comité, integrado por 11 diputados de la Asamblea Nacional y 10 miembros de la sociedad civil, aún no maneja una lista con posibles candidatos porque no ha llegado a ese paso que establece la Ley Orgánica del Poder Electoral. Ni tampoco existe una normativa que estipule que se deba entregar una lista para cumplir con el proceso de designación.

Aunque el Poder Judicial solo publicó la decisión y no la sentencia n°69, de fecha 10 de junio, los magistrados señalaron que “valoran positivamente” el Comité de Postulaciones Electorales que se juramentó el pasado 9 de marzo, pocos días antes de que se anunciara la cuarentena por COVID-19 y el comité decidiera paralizar sus actividades.

El pasado 5 de junio, el TSJ respondió a una solicitud de omisión legislativa que introdujeron 24 horas antes los dirigentes Timoteo Zambrano, Felipe Mujica, Javier Bertucci, Claudio Fermín, Luis Romero, Rafael Marín y Segundo Meléndez, todos miembros de la mesa de diálogo instalada en septiembre de 2019. La Sala Constitucional se declaró competente para conocer y resolver la demanda, y declaró la omisión legislativa de la Asamblea Nacional para nombrar a los rectores del Consejo Nacional Electoral, a pesar de que el Comité de Postulaciones Electorales se instaló el pasado 9 de marzo y pocos días después suspendió sus actividades por la declaratoria de cuarentena por COVID-19.  

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De acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Electoral (Lope), deben cumplirse 18 pasos para escoger a los rectores del CNE. Antes de suspender sus actividades, el Comité de Postulaciones Electorales logró cumplir el séptimo paso, que fue la escogencia de su presidente y vicepresidente, en este caso el diputado Ángel Medina y Julio Chávez, respectivamente. Es decir, todavía no ha decidido el método para evaluar las credenciales ni tampoco ha abierto la convocatoria para recibir postulaciones.

La ONG Acceso a la Justicia señaló a través de su cuenta en Twitter que «no es nada nuevo» que el TSJ asuma ilegalmente la potestad para nombrar a los rectores del CNE. En 2003, 2005, 2014 y 2016 lo hicieron, violando el artículo 296 de la Constitución, que establece que las dos terceras partes de la AN designan a los integrantes del Poder Electoral.

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