Caracas.- La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia en el exilio exhortó el lunes, 1 de agosto, al presidente de la Comisión Delegada de la Asamblea Nacional electa en 2015, Juan Guaidó, a que informe sobre el cumplimiento en torno a la rendición de cuentas de los aspectos políticos, económicos, sociales y administrativos de su gestión como presidente interino tras su proclamación en 2019.
Mediante un fallo judicial basado en el expediente SC-2022-04, la Sala Constitucional del TSJ en el exilio destaca que tras una solicitud dirigida a la Sala Político Administrativa, determinó que por la obligación constitucional que tiene el presidente de presentar cuentas, mensajes o informes, exhorta al Parlamento electo en 2015 a informar y a remitir reportes sobre si Guaidó, como presidente encargado, cumplió con el mandato constitucional contenido en el artículo 237 de la Constitución, acerca de los aspectos políticos, económicos, sociales y administrativos de su gestión.
«Como puede observarse la obligación establecida al Presidente de la República, tiene un indiscutible origen constitucional, más allá de las obligaciones legales y atendiendo a las realidades que se están sucediendo en Venezuela, donde las instituciones han sido secuestradas (…) además de que la obligación de rendir cuentas en los aspectos políticos, económicos, sociales y administrativos, emana directamente de la Constitución, por lo que esta Sala Constitucional de este Tribunal Supremo en exilio, asume y se subroga la competencia para conocer de este recurso reservándose la ponencia de su presidente magistrada Cioly Janette Zambrano Álvarez, conforma a la ley», precisa el documento del TSJ en el exilio, divulgado mediante su cuenta en la red social Twitter.
Asimismo, la Sala Constitucional del TSJ en el exilio exhortó a que se pronuncien al respecto tanto la Comisión de Finanzas de la Asamblea Nacional electa en 2015, la Contraloría Especial y la Comisión de Administración del Gasto creada por la Ley Especial del Fondo para la Liberación de Venezuela y Atención de Casos.
De acuerdo con lo detallado en la exigencia del TSJ en el exilio, el incumplimiento a la obligación de presentar la rendición de cuentas, y en este caso sobre su respectiva aclaratoria acerca de su presentación, puede ser considerado como desacato con las consecuencias de ley.
El fallo del TSJ en el exilio se suma a las exigencias de partidos como Primero Justicia, Un Nuevo Tiempo y Acción Democrática, facciones que forman parte del Parlamento de 2015 y que han solicitado una rendición de cuentas de parte del gobierno interino, a propósito del manejo de activos en el exterior, solicitudes que el contralor especial, Enrique Sánchez, señaló se basan en juicios y opiniones falsas e infundadas, por lo que pidió a los jefes de esas organizaciones políticas leer los informes de su despacho.
Hasta este jueves, 4 de agosto, no ha habido pronunciamiento de parte del gobierno interino o de la Comisión Delegada de la Asamblea Nacional electa en 2015 sobre la exigencia del TSJ en el exilio, cuyos magistrados fueron elegidos y juramentados en 2017 por el propio Parlamento de 2015, presidido entonces por Julio Borges.