26.7 C
Caracas
lunes, 14 octubre, 2024

TSJ en el exilio anula acto que disolvió al gobierno interino de Guaidó

La decisión de la Sala Constitucional otorga al Parlamento electo en 2015 y a su junta directiva un plazo de 30 días para que restablezcan “de manera efectiva” la vigencia de la Constitución. Advierten que harán cumplir la sentencia

-

Caracas.- Este viernes 17 de marzo la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) designados por la Asamblea Nacional de 2015, quienes en su mayoría se encuentran en el exilio, declaró nula la disposición que disolvió el pasado mes de diciembre al gobierno interino de Juan Guaidó.

La decisión del poder judicial instalado en 2017 responde a una acción de amparo constitucional presentada por particulares contra el acto administrativo de diciembre. Los magistrados argumentaron que la medida acordada por la mayoría del Parlamento opositor viola seis artículos de la Constitución. En ese sentido, llamaron a procurar “el restablecimiento de la vigencia” de esa norma.

¿Están inhabilitados María Corina Machado, Capriles y Guaidó? Datos para entenderlo

“Tal acto transgredió la obligación del presidente de la Asamblea Nacional de asumir el cargo de presidente de la República en condición de encargado (…) mientras se elige y toma posesión el nuevo presidente o presidenta luego de cumplida una nueva elección universal, directa y secreta” en Venezuela, reseña el portal Voz de América.

La decisión del TSJ en el exilio también deja “sin efecto jurídico” todos los actos y nombramientos de representantes del Poder Ejecutivo que haya decidido la Asamblea Nacional presidida por la diputada Dinorah Figuera.

Asimismo, otorga al Parlamento un plazo de 30 días para que restablezcan “de manera efectiva” la vigencia de la Constitución. Además advierte que la Sala Constitucional del TSJ en el exilio hará cumplir la sentencia.

“Esta Sala se reserva la capacidad de ejecutar la presente decisión en caso de omisión del cumplimiento del deber constitucional de la Asamblea Nacional”, dice el fallo.

Magistrados en contra de la eliminación del gobierno interino

El pasado mes de diciembre los magistrados nombrados por la Asamblea Nacional opositora llamaron a mantener la instancia presidida por Juan Guaidó.

“Pretender la sustitución de la persona del presidente no debe implicar la eliminación de la institución de la Presidencia interina, cuya designación o ratificación corresponde a la Asamblea Nacional, una vez finalizado el periodo, el 5 de enero de 2023, debiendo recaer dicha designación en la persona elegida como presidente de la Asamblea Nacional, de conformidad con el señalado artículo 233 de la Constitución de la República”, dice el escrito difundido el 28 de diciembre.

Además advirtieron que sustituir el interinato por un gobierno parlamentario contradice la Constitución y representa un riesgo para los activos del país en el exterior. Destacaron que la presidencia interina fue reconocida por varios países democráticos y la representación designada en el exterior fue legitimada por muchos de estos Estados.

“(…) Eliminar la cualidad jurídica de la República frente a la Oficina del Tesoro de los Estados Unidos de América, entre otras, sería perder todo el esfuerzo logrado ante la comunidad internacional”, señaló el documento de diciembre.

Miles de venezolanos en las zonas más desconectadas del país visitan El Pitazo para conseguir información indispensable en su día a día. Para ellos somos la única fuente de noticias verificadas y sin parcialidades políticas.

Sostener la operación de este medio de comunicación independiente es cada vez más caro y difícil. Por eso te pedimos que nos envíes un aporte para financiar nuestra labor: no cobramos por informar, pero apostamos porque los lectores vean el valor de nuestro trabajo y hagan una contribución económica que es cada vez más necesaria.

HAZ TU APORTE

Es completamente seguro y solo toma 1 minuto.

Ayúdanos a cubrir todo el país
Hazte Superaliado/a