Caracas.- Este sábado, 12 de septiembre, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró la constitucionalidad del Estado de Excepción y de Emergencia Económica en todo el territorio nacional, decreto N° 4.275 del 30 de agosto de 2020, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.568 Extraordinario de la misma fecha.
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La sentencia, con ponencia del magistrado Juan José Mendoza Jover, agrega que que se declara nulo, inexistente e ineficaz cualquier acto en el cual la Asamblea Nacional en desacato pretenda desaprobar el referido decreto.
«Se reitera en la decisión que resultan manifiestamente inconstitucionales y, por ende, absolutamente nulos y carentes de toda vigencia y eficacia jurídica, los actos emanados de la Asamblea Nacional, incluyendo las leyes que sean sancionadas, mientras se mantenga en desacato a las sentencias del TSJ», estipula la sentencia.
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