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lunes, 7 octubre, 2024

Matrimonio igualitario: qué se requiere para que se apruebe en Venezuela

Venezuela ha estado al margen de discusiones, ya adelantadas en otros países de la región, relacionadas con temas que pudieran generar polémica o que son considerados tabú. Entre estos destaca la unión entre personas del mismo sexo y hasta el aborto

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Caracas.- El debate sobre el matrimonio igualitario en Venezuela revivió con la propuesta del alcalde del municipio Simón Rodríguez de Anzoátegui, Ernesto Paraqueima, quien dijo que estudia la posibilidad de que El Tigre sea la primera ciudad venezolana en aprobar la unión de personas del mismo sexo.

Venezuela ha estado al margen de discusiones, ya adelantadas en otros países de la región, relacionadas con temas que pudieran generar polémica o que son considerados como un tabú. Entre estos destaca la unión entre personas del mismo sexo y hasta el aborto.

Notiaudio | ¿Se puede aprobar el matrimonio igualitario en Venezuela?

En ese contexto, El Pitazo consultó al abogado Alí Daniels, defensor de derechos humanos y director de la ONG Acceso a la Justicia, para conocer qué se necesita para que se concrete en Venezuela una propuesta como la del matrimonio entre personas del mismo sexo.

«Lo que procede es una interpretación progresiva del articulo 77 de la Constitución, que dice que el Estado protegerá el matrimonio entre un hombre y una mujer. Eso no está prohibiendo el matrimonio entre personas del mismo sexo ni está señalando que ese es el único matrimonio que hay, sino que el Estado debe proteger, en particular, el matrimonio entre un hombre y una mujer», destacó Daniels al ser consultado vía telefónica.

De acuerdo con el abogado, una interpretación realmente progresiva debería reconocer la unión entre personas del mismo sexo y, a partir de ahí, extender a las parejas homosexuales las consecuencias del matrimonio que ya están reguladas en el Código Civil. «No habría que hacer ningún cambio en la Constitución o en el Código Civil», añadió Daniels.

Existe un precedente sobre la interpretación del artículo 77 de la Constitución, pues en 2008 los miembros de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) lo hicieron, pero de forma restrictiva, según el defensor de derechos humanos.

«Ellos interpretaron que la Constitución reserva la institución matrimonial solo a personas heterosexuales, pero dejaron una salida para las personas del mismo sexo, y son las uniones de hecho. Al respecto dijeron que aunque el matrimonio quedaba reservado a una mujer y un hombre, sí se podían hacer uniones de hecho de personas del mismo sexo, pero que le correspondía al legislador regularlas», explicó Daniels.

Comunidad LGBTI+ exigió al TSJ aprobar el matrimonio igualitario en Venezuela

Desde 2008 ninguno de los parlamentos se ha encargado del asunto, a pesar de que el gobernante Nicolás Maduro dijo en octubre de 2020 que dejaría lo vinculado con el matrimonio igualitario en poder de la Asamblea Nacional electa en diciembre de ese año.

«No ha habido ninguna acción porque se nota que es un tema al que se le tiene miedo, que es un tabú social, no es un tema de ideologías, y, en consecuencia, de acuerdo con esa interpretación de la Constitución, habría que promover una ley que regulase la unión estable o de hecho entre personas del mismo sexo», puntualiza Daniels.

En ese sentido, el director de la ONG Acceso a la Justicia refiere que sería necesario que se dicte una ley para permitir las uniones estables entre personas del mismo sexo, como punto de partida, para una posible aprobación del matrimonio igualitario.

«Esa ha sido la solución en otros países, como Chile, Bolivia o España: reconocer primero las uniones estables de personas del mismo sexo y después pasar al matrimonio, porque al menos hay un reconocimiento desde el punto de vista jurídico. Esa puede ser una solución, pero aún no existe esa ley», destacó Daniels, quien agregó que no se ha reconocido una situación que exija una repuesta por parte del Estado.

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