Caracas.- Tanto la ciudadanía como la Asamblea Nacional (AN) han validado parcialmente la Ley de Amnistía y Garantías Constitucionales para los Militares y Civiles que colaboren o hayan colaborado con la Restitución del Orden Constitucional. El Parlamento aprobó la normativa en primera discusión el pasado 22 de enero. Mientras, una parte de la sociedad civil se congregó este sábado 26 en la plaza Alfredo Sadel de Las Mercedes, en Caracas, para avalar su implementación con la señal parlamentaria de costumbre.
Cuando se habla de amnistía, la Real Academia Española (RAE) indica que se trata de una «derogación retroactiva de la consideración de un acto como delito, que conlleva la anulación de la correspondiente pena». La RAE hace la salvedad de no confundir el término con el indulto, que solo elimina la pena y no el delito que le corresponde. La amnistía anula ambos.
El peso de la normativa recae sobre esta figura, contemplada en la Constitución venezolana de 1999, aún vigente. De hecho, la Ley de Amnistía y Garantías Constitucionales decreta sus seis artículos de conformidad con el artículo 187 de la Constitución, que establece las potestades legislativas de la Asamblea Nacional, entre ellas «decretar amnistías», como dice el numeral 5.
La norma otorga «garantías constitucionales», como su nombre lo indica, a las que se hace referencia en el artículo 3 y que no están especificadas en la ley a promulgarse, pero indica que se les darán a los funcionarios civiles o militares que hayan actuado según los artículos 333 y 350 de la Constitución para restablecer el orden constitucional en el país.
En el caso de esta norma, la derogación retroactiva está contemplada entre el 1 de enero de 1999 hasta su entrada en vigencia. La amnistía la recibirán todos los civiles, militares y aquellos identificados como presos, perseguidos y exiliados políticos por «hechos» cometidos en ese periodo, de acuerdo con el artículo 1. El mismo punto señala que se otorgarán «estas y otras garantías», las cuales no están especificadas, a civiles y militares que contribuyan a la restituir el orden constitucional.
El artículo 2 especifica que la amnistía producirá «la extinción de la responsabilidad civil, penal, administrativa, disciplinaria, o tributaria». Esto se lograría con el cierre definitivo de «investigaciones, procesos, procedimientos, penas o sanciones», así como sus efectos, que se hayan producido en el lapso establecido en el artículo 1.
El artículo 4 concede amnistía a funcionarios civiles, militares, diputados «y demás personas» que se encuentren detenidos, en el exilio o estén perseguidos judicialmente por razones políticas, específicamente para el momento en que entre en vigencia la ley. La Asamblea Nacional adelanta una lista de presos y perseguidos políticos que recibirían tal amnistía, tal como lo corroboró la diputada Delsa Solórzano este sábado 26 de enero en la plaza Alfredo Sadel de Las Mercedes.
Además de la lista que trabaja el Parlamento, el texto asegura que se tomarán en cuenta otras investigaciones sin perjuicio a lo establecido en el articulo 29 de la Constitución, que apunta que las autoridades que hayan cometido delitos contra los Derechos Humanos están «excluidos de los beneficios que puedan conllevar su impunidad, incluidos el indulto y la amnistía. «No hay posibilidad de que se cuele ningún matón, asesino o violador de Derechos Humanos. La ley está blindada», dijo la diputada Solórzano al respecto en la consulta ciudadana de la ley que se realizó este sábado.
Las competencias recaen en los Tribunales Penales Ordinarios y Militares en Funciones de Control, Juicio y Ejecución del país para la aplicación de la ley; de lo contrario, serán sancionados según lo establecido en el Código Penal venezolano, según el artículo 5.
El texto cierra con el artículo 6, que especifica la publicación de la ley en la página oficial de la Asamblea Nacional, «dada la imposibilidad de acceder a la Gaceta Oficial debido al régimen de facto que impera en Venezuela».
La Ley de Amnistía y Garantías Constitucionales tiene como finalidad sentar «una importante base para la facilitación de una transición política», tal como indica su exposición de motivos.
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El texto se basa en el artículo 333 de la Carta Magna venezolana aún vigente, que refiere el restablecimiento de la vigencia de la Constitución por parte de cualquier ciudadano, con o sin investidura de autoridad.
El documento, según se explica, se redactó en vista de la usurpación de la presidencia de la República por Nicolás Maduro y con el antecedente de los comicios del 20 de mayo de 2018, que la AN, la oposición y la comunidad internacional tildó de «fraudulentas» por no tener condiciones mínimas. La normativaalcanzará a aquellos militares y civiles que contribuyan en el restablecimiento de orden constitucional, pues «tendrán asegurada la amnistía y la reinserción en la vida democrática del país».
Incluso, la exposición de motivos explica que la ley «alcanzará igualmente a todos los hechos penales en los que han involucrado a militares, diputados y a otras personas que se encuentren detenidas, exiliadas o perseguidas judicialmente por razones políticas al momento de la entrada en vigencia de este instrumento jurídico».
El presidente encargado, Juan Guaidó, pidió a los venezolanos entregar este domingo 27 de enero la normativa impresa miembros de las Fuerzas Armadas para su conocimiento.