Caracas.- El Consejo Nacional Electoral (CNE) publicó el Registro Electoral preliminar. Es el primer corte después de la jornada de inscripción y actualización que culminó el 16 de abril.
Tras la publicación del RE, los ciudadanos pueden verificar si están inscritos y si su información se ha actualizado en el sistema. Solo deben ingresar a la página web del CNE y luego introducir la cédula de identidad en la casilla identificada “Consulta registro electoral preliminar”.
CNE | ¿Cómo verificar si se actualizó mi domicilio en el Registro Electoral?
Si no tienes acceso a internet, también puedes acudir a los Puntos Permanentes del RE ubicados en las 24 oficinas regionales en todo el país. Sin embargo, si no apareces inscrito o tus datos no se han actualizado correctamente, aquí te explicamos qué hacer:
- Debes presentar una solicitud de impugnación:
Si el sistema no arroja tus datos o si hay algunos errores, tienes hasta el 14 de mayo para presentar una solicitud de impugnación.
Según el artículo 37 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales (Lopre), el Registro Electoral preliminar puede ser impugnado ante la Comisión de Registro Civil y Electoral o en la Oficina Regional Electoral de la entidad correspondiente.
- ¿Qué debe contener la solicitud de impugnación?
El artículo 38 de la misma ley establece que el procedimiento de impugnación se debe presentar mediante solicitud escrita con los siguientes datos:
- Identificación de los interesados o las interesadas con expresión de sus nombres y apellidos, domicilio, nacionalidad y número de cédula de identidad.
- La dirección del lugar donde se harán las notificaciones pertinentes.
- Los hechos y razones objeto de depuración con la identificación de los nombres, apellidos y números de cédula de identidad, si es posible, de los inscritos e inscritas que se pretenden depurar.
- Referencia a los anexos que lo acompañan si tal es el caso.
- Las firmas del interesado o los interesados o de la interesada o las interesadas.
- Cualquier otra circunstancia que exija la Comisión de Registro Civil y Electoral mediante resolución.
- Todos estos datos deberán ser vaciados en una planilla especial descargada en la página web del CNE. Después de llenarla, la persona la enviará al correo [email protected].
Recibida la impugnación, la Comisión de Registro Civil y Electoral procederá a verificar su admisibilidad dentro de cinco días hábiles.
Con información del medio TalCual