Caracas.- La Asamblea Nacional (AN) abrió la puerta para que los diputados en el exilio o refugiados en residencias diplomáticas puedan intervenir y votar de forma remota por los acuerdos, proyectos y leyes planteados en el Palacio Federal Legislativo. Para ello, este martes 17 de diciembre se aprobó una modificación del Reglamento Interior y de Debate por el que se rige el cuerpo legislativo.
Tres artículos del Reglamento fueron modificados para permitir la participación de los diputados de forma remota con el uso de la tecnología. De este modo se blinda, además de la participación de los diputados a distancia, la reelección de Juan Guaidó al frente de la Junta Directiva del parlamento para el periodo que inicia en 2020.
Con esta modificación, al menos 30 diputados, entre principales y suplentes, podrán participar y ejercer su derecho al voto en la AN. La diputada Dennis Fernández, una de las impulsoras de la reforma, dijo que con ella se garantiza una participación amplia. En los pasillos del parlamento se defendió la decisión y afirmó que debió hacerse mucho antes. La propuesta se hizo inicialmente en mayo.
La oposición a Nicolás Maduro se adelanta a cualquier intención de afectar el quorum para este 5 de enero. A tres semanas de la instalación de un nuevo periodo legislativo, seis diputados más fueron afectados con medidas judiciales.
Alternativa constitucional
Armando Armas, diputado de la AN en el exilio y uno de los impulsores de la propuesta, considera que conectar a los diputados perseguidos al parlamento, mediante el uso de la tecnología, es una maniobra para avanzar y eventualmente tomar decisiones determinantes en el futuro.
Armas destaca que la propuesta de participación virtual es una innovación en las instituciones políticas. Sin embargo, en un contacto con El Pitazo, reconoció que aún trabajan en detalles técnicos y posibles medidas de contingencia en caso de cortes eléctricos o de internet. Asomó la posibilidad de usar Skype -servicio de videollamada- o una herramienta virtual similar.
José Ignacio Hernández, procurador especial nombrado por Guaidó, destacó en Twitter (@ignandez) que la Constitución no prohíbe el ejercicio legislativo por medios tecnológicos. “El uso de estos medios tecnológicos (TICs) es una herramienta de defensa de la Constitución frente a los ataques del régimen de Maduro y sus compinches”, tuiteó.
El también abogado constitucionalista explicó que el Reglamento Interior y de Debate puede modificarse por mayoría simple y en una sola sesión. Advirtió que la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), con sede en Caracas, declarará nula la reforma con base en la “falsa tesis del ‘desacato’ y otras mentiras más”, tras una amenaza de la fracción oficialista de denunciar la acción.
Zair Mundaray, abogado y asesor jurídico de la Embajada de Venezuela en Colombia, recordó en Twitter (@MundarayZair) que la Sala Constitucional declaró el acceso y uso de la tecnología como un derecho humano. “También estableció las bases del principio de inmediación judicial por vía remota mediante el uso de medios informáticos”, añadió.
Tensiones en la sesión extraordinaria
La votación se hizo de forma nominal, es decir, diputado por diputado, ya que el Reglamento tiene carácter de ley y su reforma requiere al menos la aprobación de las dos terceras partes de los presentes. Recibió el respaldo de 93 legisladores. La fracción del oficialismo se retiró previo al debate para intentar romper el quorum, pero no lo logró. También se ausentó José Antonio España, José Gregorio Aparicio y Adolfo Superlano.
La propuesta de reforma se abordó en una sesión adicional a la que estaba en curso, tras una petición especial aceptada por Guaidó. Los diputados José Brito, Luis Parra y Conrado Pérez, señalados de una presunta trama de corrupción en la Comisión de Contraloría, también se retiraron.
A Brito, la bancada oficialista le gritaba “resiste Brito, resiste”, cuando se retiraba. Mientras que los diputados de la fracción 16 de Julio no acudieron a las sesiones de este 17 de diciembre.
El oficialismo calificó de ilegal la modificación del Reglamento Interior y de Debate. Una vez concretada, anunciaron que acudirían al TSJ para anularla.
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Artículos modificados textuales
Artículo 13, numeral 4:
“Asistir puntualmente y permanecer en las sesiones de la Asamblea Nacional, comisiones y subcomisiones, salvo causa justificado, en cuyo caso deberá garantizar la incorporación de su suplente. En aquellos casos de diputados y diputadas que por motivo de persecución política u otras de fuerza mayor no puedan asistir presencialmente, este deber podrá ser cumplido por mecanismos no-presenciales que empleen tecnologías de la información y de la comunicación”.
Artículo 46:
“Las Comisiones Permanentes, ordinarias y especiales de la Asamblea Nacional podrán instalarse, funcionar y decidir todos sus asuntos por la mayoría absoluta de los presentes. De igual manera, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 4 del artículo 13 de este Reglamento, se admitirá el uso de tecnologías de la información y de la comunicación a los fines de la participación virtual de los diputados y diputadas principales y suplentes para garantizar el quorum, la deliberación y la votación. Las deliberaciones y votaciones se regirán por lo dispuesto en el presente Reglamento para la plenaria de la Asamblea Nacional”.
Artículo 56:
“La Asamblea Nacional sesionará de forma ordinaria y en forma extraordinaria, según las necesidades que al efecto se establezcan. También podrá celebrar sesiones especiales.
Todas las sesiones serán públicas, podrán declararse privadas o secretas mediante decisión de la mayoría absoluta de los presentes, a proposición de cualquiera de ellos.
A fin de garantizar el acceso a la información, de conformidad con el artículo 108 de la Constitución de la República, las sesiones plenarias serán transmitidas por la fundación televisora de la Asamblea Nacional (ANTv) pudiendo prestar apoyo para la transmisión la televisora del Estado. Se facilitarán las condiciones para que los medios de comunicación interesados en transmitir la información que se genera en el desarrollo de la sesión, pueden hacerlo a través de la señal de ANTv. En los casos previstos en el artículo 14, numeral tres de este Reglamento, y cuando sea necesario para asegurar el correcto funcionamiento de la Asamblea Nacional mediante decisión razonada de la Junta Directiva, se permitirá la participación a través del uso de tecnologías de la información y de la comunicación para alcanzar el quorum, deliberar y decidir”.
Con información de Gabriela González.