Caracas.- Las revelaciones vinculadas al exilio del representante de la Plataforma Unitaria Democrática (PUD), Edmundo González, aparte de generar opiniones acerca de sus acciones, han causado debates sobre la participación del resto de los involucrados; entre ellos está la vicepresidenta Delcy Rodríguez, sobre quien pesan sanciones de la Unión Europea (UE) y cuya presencia en la Embajada de España ocasionó comentarios en las redes sociales sobre la violación o no de dichas medidas.
Con el objetivo de disipar las dudas sobre este caso, El Pitazo entrevistó este 20 de septiembre al abogado especialista en derecho internacional y DD. HH. Moisés Montiel. En su explicación, aclaró que la vicepresidenta no infringió la prohibición que pesa sobre ella, ya que la embajada española en Caracas no es territorio de España, miembro de la UE, sino un espacio dentro del territorio venezolano en el que aplica sus leyes y rige su autoridad.
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El espacio Schengen
Uno de los pilares de la Unión Europea es su zona de libre circulación. Entre 1985 y 1990, cuando aún era un proyecto, los impulsores de la comunidad europea firmaron el Acuerdo y el Convenio de Schengen, cuyo nombre deriva de un pueblo en Luxemburgo donde se firmaron los documentos. Desde entonces, se definió un espacio en el que los ciudadanos de los Estados miembros podían circular sin control en las fronteras interiores: el territorio Schengen.
Esa zona en la que los europeos pueden desplazarse libremente es la que tiene prohibida pisar la vicepresidenta venezolana desde 2018. En junio de ese año la UE anunció una serie de sanciones contra once funcionarios venezolanos y ella aún forma parte de la lista. Entre las medidas aplicadas, estuvieron la congelación de sus activos y la prohibición de pisar el territorio.

Para comprender por qué Rodríguez no infringió esa restricción, Montiel subrayó la diferencia entre territorio y jurisdicción. La embajada de un Estado, al que se le denomina como el acreditante, es un espacio en el que aplica sus leyes y ejerce su autoridad, pero no es su territorio, ya que el suelo sigue perteneciendo al Estado receptor, que en esta situación es Venezuela.
“El acuerdo Schengen rige espacios territoriales de los miembros de ese tratado. La forma fácil de entenderlo sería que, si no te sellan tu pasaporte, no estás entrando al territorio de ese Estado. Al entrar una embajada no pasas por migración”, agregó el abogado.
Sin embargo, en enero de 2020 el Gobierno español entró en una polémica cuando un avión aterrizó en el aeropuerto de Barajas, en Madrid, con Delcy Rodríguez a bordo. Sobre este suceso, en el que estuvo involucrado el entonces ministro de Transportes de España, José Luis Ábalos, la Comisión Europea reiteró a mediados de junio de 2024 que no podía iniciar un procedimiento de infracción. En abril de 2021 la Audiencia de Madrid archivó definitivamente el caso.
Otros mecanismos
En julio de 2023, un mes después de cumplir cinco años sancionada por la UE, Delcy Rodríguez pisó el territorio de Schengen. En el marco de la cumbre internacional de la comunidad europea y la Comunidad de Estados Latinoamericanos y Caribeños (Celac) arribó a Bruselas, capital de Bélgica, para representar al Estado venezolano. Este viaje pudo hacerlo con un permiso especial concedido por la misma autoridad que la penalizó.

Además de esta licencia, Montiel mencionó otros instrumentos legales por medio de los que un funcionario sancionado puede viajar o atravesar el territorio del país o la comunidad que lo sancione. La Convención de Viena sobre Relaciones Diplomáticas, la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares y la Convención de Nueva York sobre Misiones Especiales.
“Lo que dicen, en breve, es que el Estado territorial debe permitir el paso de un oficial de gobierno cuando vaya a desempeñar funciones oficiales”, sintetizó. Un ejemplo es el caso de Yasir Arafat, el líder palestino que presidía a la Organización para la Liberación de Palestina (OLP). Pese a que esta organización era considerada como un grupo terrorista por Estados Unidos, las autoridades del país debían permitirle viajar a Nueva York para asistir a la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas (ONU).
Otro de los incisos que hizo el abogado fue sobre las organizaciones intergubernamentales. Los tratados, o alguna disposición que regula a estas instituciones, establecen una provisión específica para permitirles el paso a aquellos funcionarios que lleven a cabo actividades oficiales en la organización..
El principio de extraterritorialidad
Uno de los conceptos sobre el que se ha basado la idea errónea de que las embajadas son territorios de los Estados acreditantes es la extraterritorialidad. Este término se refiere a que un Estado ejerce su jurisdicción fuera de su propio territorio. Montiel explicó que es una figura excepcional del derecho internacional público, con pocos casos en los que sigue vigente.
“El ejemplo más evidente es el de un barco. Sobre y debajo la cubierta del navío existe la ficción de que es el ‘territorio’ de ese Estado, pero esa noción está superada. Es un espacio en el que se ejerce jurisdicción, igual que las embajadas”, precisó.

En síntesis, esta figura consiste en que el Estado le da efecto a sus actos fuera de su territorio. Sin embargo, en la mayoría de los casos no se admite, salvo por un acuerdo o una licencia que avale esta posibilidad.