Caracas.- La directora del Consejo Municipal de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la Alcaldía de Chacao, Gloriana Faría, aseguró que el Poder Amplio no es la herramienta legal para gestionar las acciones de quienes tienen la resguarda del niño que se queda cuando su padre decide migrar.
Este martes 10, en entrevista con El Pitazo Radio, García explicó varios aspectos relacionados con la parte legal que deben conocer los padres que migran:
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1.- El poder que se les da a quienes quedan al cuidado del niño no puede ser convenido por particulares. Los padres no pueden, a través de un convenio firmado en una notaria, dejarlo a otra persona porque el niño no es un objeto, un carro o una cuenta de banco; el niño es sujeto del hecho y así lo denomina la Ley Orgánica de Protección al Niño, Niña y Adolescente.
2.- Pese a que la decisión de migrar es una decisión forzada por la crisis económica, los padres deben tener claro que es una forma de abandono.
3.- La situación de abandono vulnera el derecho del niño a ser criado en una familia con sus padres.
4.- Si la decisión de migrar es inevitable, lo adecuado es acudir a un juez, quien es el que puede ordenar una colocación legal. Para esto, los padres deben hacer una exposición de motivos que explique que se va a dejar al niño con algún familiar.
5.- Lo ideal es que el niño se quede con alguno de los padres.
6.- Si es inevitable la migración de ambos padres, se puede buscar asesoría en las defensorías que ofrecen orientación legal.
7.- Es recomendable que los niños reciban orientación psicológica. Existen algunas ONG en el país que brindan este tipo de ayuda.
8.- Los padres no deben olvidar que por ley ellos están obligados a cuidar de su hijo.
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