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martes, 15 octubre, 2024

EE. UU. | Venezolanos con TPS que entraron de forma irregular podrán cambiar su estatus migratorio

El ingreso irregular ya no será un impedimento para los venezolanos que poseen Estatus de Protección Temporal (TPS) al momento de solicitar la residencia permanente por ser cónyuges, padres o hijos de ciudadanos estadounidenses. Con el permiso de viaje, el migrante podrá reingresar a los Estados Unidos por vías regulares y solicitar un cambio de estatus

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Caracas.- El Servicio de Inmigración y Ciudadanía (Uscis) anunció, el 2 de julio, que se llevará a cabo un cambio en las políticas del Estatus de Protección Temporal (TPS) para que los portadores de la protección migratoria que sean elegibles por ser cónyuges, padres o hijos de ciudadanos estadounidenses puedan acceder a la residencia permanente pese a haber ingresado de forma irregular al país.

El gobierno de Donald Trump no permitía que los beneficiarios del TPS que salían del país con un permiso de viaje, conocido como advance parole, tuvieran una admisión regular al momento de regresar al territorio estadounidense. Sin embargo, esto cambiaría tras un memorando expedido por Joe Biden, con el que permitirá que los portadores del TPS soliciten un ajuste de estatus para tener una entrada al país de forma regular y así poder optar a la residencia permanente si son elegibles.

De acuerdo con el Memorando PM-602-0188, el gobierno expedirá un nuevo documento de viaje que les permitirá a los migrantes que una vez regresen al país y sean inspeccionados por las autoridades de inmigración en puertos de entrada, soliciten el ajuste como residente regular.

Uscis señaló en su memorando que los beneficiarios de TPS deben cumplir con ciertos requisitos y los casos serán analizados individualmente:

  • Haber obtenido un permiso de viaje como beneficiario de TPS.
  • La designación de país cobijado por el TPS hecha por el Gobierno de Estados Unidos debe estar vigente.
  • El beneficiario de TPS debe haber regresado a Estados Unidos en las fechas acordes a la autorización por parte del Servicio de Inmigración y Ciudadanía.
  • La persona fue admitida para ingresar al país en un puerto de entrada.

Actualmente, residentes de Afganistán, Burma, Camerún, El Salvador, Haití, Honduras, Nepal, Nicaragua, Somalia, Sudán, Sudán del Sur, Siria, Ucrania, Venezuela y Yemen están cobijados por el estatus de protección temporal.

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