La falta de aplicación del concepto ampliado de refugiado es uno de los factores que vulnera el derecho a recibir protección internacional en Chile. Desde 2010, únicamente 68 personas de Venezuela han sido reconocidas con este estatus. Uno de ellos es el militar Ronald Ojeda. La presidenta de Asovenchile, Patricia Rojas; y el director ejecutivo del Centro de Políticas Migratorias, Juan Pablo Ramaciotti, comparten su análisis sobre algunos cambios recientes en el sistema de refugio, que ha sido de por sí restrictivo y frustrante para un buen número de venezolanos, expulsados de un país exhausto de una crisis sin precedentes

Ronald Ojeda es uno de los 68 venezolanos que ha sido reconocido como refugiado en Chile en los últimos 13 años (2010-2023).

El hecho es prácticamente una hazaña: representa solo 7 % del total de solicitudes de refugio aprobadas en ese periodo, aunque las personas procedentes de Venezuela son los principales solicitantes de protección internacional (12.636 solicitudes formalizadas, 41,3 %), indican las estadísticas del Servicio Nacional de Migraciones (Sermig).

El militar venezolano hallado muerto 10 días más tarde de un rocambolesco secuestro había vivido en Perú, antes de residenciarse en la capital del país austral. Invocó una de las causales para acogerse a la protección de Chile, porque consideraba que su vida o libertad estaba amenazada en Venezuela. 

Sin embargo, la muerte la encontró en el lugar que menos esperaba.

Los nuevos datos del crimen del teniente confirman que el gobierno de Gabriel Boric otorgó a Ojeda y a su familia  refugio político a finales de 2023. Fue en diciembre cuando recibieron la resolución que les otorgaba el estatus de refugiados. 

El oficial del ejército de 32 años es uno de los 35 venezolanos a los que Chile concedió la condición de refugiado ese 2023, el año con más solicitudes  (51 %) resueltas de forma favorable para esta nacionalidad. Él encaja también en el grupo etario de entre 30 y 44 años que concentra la mayor cantidad de peticiones aprobadas entre 2010 y 2023 (32 personas, 47 %) a personas de Venezuela.


El desafío para Chile es cómo entregar mecanismos de protección complementaria, si no es a través del refugio, para que los venezolanos se inserten en el país de una manera adecuada

Juan Pablo Ramaciotti, director Ejecutivo del Centro de Políticas Migratorias

En Chile, los refugiados tienen derecho a gozar de la misma seguridad personal que cualquier otro ciudadano. Esto significa que si requieren protección policial adicional pueden hacer una solicitud expresa a las instituciones correspondientes.

“Él no contaba con protección policial, dado que la ley migratoria no lo exige así”, relata el abogado de la esposa del militar venezolano, Juan Carlos Manríquez, en una querella que ejerció ante el Tercer Juzgado de Garantía de Santiago, refiere el medio La Tercera el 4 de marzo. 

Y es que, por ahora, nuevos elementos del caso no indican que Ronald Ojeda temía por su vida o haya informado a las autoridades chilenas o a alguna institución del Estado que estaba siendo perseguido, acosado o amenazado por el Gobierno de Venezuela o alguna organización criminal o particular.

“Si no fue así, es muy difícil prestar resguardo adicional (…) A menos que el teniente haya dicho que era objeto de persecución o de amenazas de algún tipo, entonces ahí sí pudiéramos decir que quizás las instituciones del Estado chileno, que deben hacerse cargo de la seguridad de las personas, no cumplieron con su función”, aclara la presidenta de la Asociación Venezolana en Chile (Asovenchile), Patricia Rojas, a El Pitazo, sobre si falló o no Chile en la protección del refugiado venezolano.

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Lo cierto es que tan pronto se conoció la denuncia del secuestro del militar venezolano, las instituciones del Estado chileno, como corresponde en un estado de derecho, iniciaron una investigación, afirma la presidenta de Asovenchile, que promueve y defiende los derechos humanos de migrantes.

“Y el Gobierno de Chile hizo lo que le correspondía, que en este caso era querellarse (demandar) contra quien resulte responsable de haber cometido este delito”, enfatiza Rojas.

El director del Servicio Nacional de Migraciones, Luis Thayer, lo confirma, haciendo a un lado los cuestionamientos sobre el resguardo que se otorga a extranjeros reconocidos como refugiados en Chile: “La ley de refugio no establece una obligación policial respecto de las personas que acceden a esa condición. Chile ha cumplido cabalmente con la protección comprometida en la ley de refugio”, respondió a La Tercera el lunes, 11 de marzo.


Nuevos elementos del caso no indican que Ronald Ojeda haya informado a las autoridades chilenas que era perseguido, acosado o amenazado por el Gobierno de Venezuela o alguna organización criminal o particular


 

El largo y difícil camino para ser refugiado en Chile 

Obtener la condición de refugiado en el país sureño es un proceso complejo y desafiante. La tasa de reconocimiento es muy baja: solo 3 % de las solicitudes presentadas por extranjeros fueron aprobadas desde 2010 hasta 2023. 

Es decir, de 30.597 peticiones de refugio realizadas, solo 957 finalizaron con una resolución favorable durante esos 13 años. De ellas, 68 corresponden a venezolanos. 

Bajo la Declaración de Cartagena sobre los Refugiados de 1984 —que amplió la definición de refugiado establecida en la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 1951 y el Protocolo de 1967— los migrantes forzosos venezolanos tienen, en teoría, las de ganar para conseguir protección internacional.  

El perfil de la crisis humanitaria en la que está hundida Venezuela parece encajar en la definición ampliada de refugiado —en la que la vida, integridad o libertad personal están amenazadas debido a la situación de violencia, violaciones masivas de derechos humanos y perturbaciones graves del orden público—. Sin embargo, no se permite que un buen número de venezolanos pase por el sistema de refugio.

“Desafortunadamente, las administraciones del Estado chileno han seguido viendo el refugio como un instrumento estrictamente político, más que de protección internacional enfocado en otras razones», sostiene la presidenta de Asovenchile

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De hecho, los venezolanos son la segunda nacionalidad con más solicitudes de refugio rechazadas entre 2010 y 2023: 2.573 (29,4 %), después de los colombianos (3.850, 44 %), aunque las personas procedentes de Venezuela superan a las de Colombia como solicitantes de protección en Chile: 12.636 (41,3 %) frente a 9.179  (30 %) en los últimos 13 años. 

Para el director ejecutivo del Centro de Políticas Migratorias en Chile, Juan Pablo Ramaciotti, cambiar esta realidad desfavorable para los venezolanos es fundamental, no solo para cumplir el objetivo de brindar protección a quienes están en peligro, sino porque a mayor integración social y laboral de estas personas mayor será su contribución al desarrollo de la nación.

Así que plantea un sistema de protección complementaria para quienes no sean reconocidos como refugiados, pero de todas formas se encuentren en una situación en que su vida, integridad física o libertad personal estén en riesgo de vulneración.

«El desafío para Chile es cómo entregar mecanismos de protección complementaria que, si no es a través del refugio, que se ha venido limitando, permita que los venezolanos reciban una protección mínima para insertarse en el país de una manera adecuada”, expresa el director ejecutivo de la ONG dedicada al análisis y diseño de propuestas de políticas migratorias a El Pitazo.

Refugiado en Chile: obstáculos

Para los solicitantes de refugio en Chile hay más dolores de cabeza: la respuesta  –afirmativa o negativa– puede demorar entre tres y cinco años.  

Para colmo, el país austral acaba de modificar la Ley 20.340, que establece disposiciones sobre protección de refugiados. Una de las más relevantes es la incorporación de una etapa adicional en el procedimiento para solicitar refugio

Esto significa que los extranjeros que tienen intención de solicitar refugio en Chile deben ahora acreditar requisitos mínimos o pruebas para que su petición sea aceptada en cualquier puerto, aeropuerto o paso fronterizo. 

Patricia Rojas desaprueba este examen de preadmisibilidad establecido para determinar si un candidato a refugiado cumple con los requisitos mínimos para que su solicitud sea admitida. Considera que es una exigencia adicional “contraria a lo que dice el derecho internacional”.


Desafortunadamente, las administraciones del Estado chileno han seguido viendo el refugio como un instrumento político, más que de protección internacional

Patricia Rojas, presidenta de Asovenchile

En cambio, Juan Pablo Ramaciotti mira con expectativa esta modificación: “Lo que busca este examen inicial es excluir del procedimiento a personas que estén solicitando refugio con fines de regularización migratoria y que no son perseguidas o sus vidas están en peligro. Eso debería ayudar, si es que funciona bien, a descomprimir un poco el sistema de refugio”.

Señala que, antes del cambio en la ley, llegaban al Servicio Nacional de Migraciones solicitudes de personas que estaban en una situación migratoria irregular y optaban por el procedimiento de refugio para obtener un permiso y así permanecer en Chile. 

Al Centro de Políticas Migratorias le preocupa más el hecho de que ahora solo tendrán acceso a solicitar refugio en Chile quienes lleguen directamente del país en el que su vida o libertad está amenazada, salvo que la permanencia en un tercer país no haya demorado más de 60 días. En casos calificados, el Subsecretario del Interior podrá ampliar este plazo, reza la modificación de la Ley de Refugio.

 

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“Esto limita de manera peligrosa el acceso a la protección internacional, porque pueden ser personas que no hayan podido buscar protección en esos países o hayan enfrentado barreras o peligros que les dificultaron solicitarla; por lo tanto, excluirlos puede impedir recibir protección a personas que sí la necesitan”, explica su director ejecutivo, Juan Pablo Ramaciotti.

Por el contrario, Luis Thayer se encarga de vender las bondades del cambio en la Ley de Refugio, que entró en vigencia el 20 de febrero. “La modificación legal nos va a permitir fortalecer las capacidades del servicio para distinguir entre aquellas personas que requieren refugio para que lo obtengan de manera más expedita respecto de aquellas que no. Y nos va a permitir derivar hacia otras situaciones migratorias a personas que no requieren refugio”, asegura el director del Servicio Nacional de Migraciones en la entrevista con La Tercera.

Derechos y obligaciones de un refugiado en Chile

Al igual que en otros países, los refugiados en Chile están protegidos del retorno forzoso (principio de no devolución) a su país de origen o donde su vida o libertad corra peligro. Asimismo, no podrán ser rechazados en la frontera; tampoco serán sancionados por ingreso irregular.

Tienen derecho a la reunificación familiar, es decir, a que se les reconozca el estatus de refugiado al cónyuge o la persona con la cual se encuentre conviviendo, sus ascendientes, descendientes y los menores de edad que se encuentren bajo su tutela, establece el artículo 9 de la Ley 20430.

Las autoridades chilenas tienen también la obligación de proteger la confidencialidad de la información de los refugiados, esto es, su información personal, así como garantizar la igualdad de trato ante la ley (la no discriminación). 


En Chile son muy limitados los casos de venezolanos reconocidos como refugiados, porque no se está reconociendo el contexto general que se vive en Venezuela como una causal para concederles refugio

Juan Pablo Ramaciotti, director Ejecutivo del Centro de Políticas Migratorias

A las personas a las que se les reconoce la condición de refugiado y sus familias se les otorga un permiso de residencia permanente en Chile. 

Es deber de todo refugiado respetar la Constitución, sus leyes y reglamentos, así como todas aquellas medidas adoptadas para el mantenimiento del orden público y la seguridad nacional.

Para ser considerado refugiado debe probar que huyó de su país porque era perseguido por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a determinado grupo social u opiniones políticas.

También pueden acogerse a esa figura quienes demuestren que su seguridad o libertad han sido amenazadas por la violencia generalizada, la agresión extranjera, los conflictos internos, la violación masiva de los derechos humanos u otras circunstancias que hayan perturbado gravemente el orden público en su país.

La creciente migración ha convertido a los venezolanos en la mayor comunidad extranjera en Chile, con 444.423 personas en el territorio, una comunidad mayoritariamente joven, concentrada entre los 25 y 34 años, grupo que representa  38 % de este colectivo, según estimaciones del censo de 2021.

Con información de La Tercera y el Sermig

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