Caracas. Llegó envuelta en la polémica, en medio de un clima de tensión en la frontera norte, y cerró la puerta de un portazo a la venezolana Andrea Durán Rodríguez y su familia: la nueva Ley de Migración y Extranjería, que entró en vigencia con todos sus artículos tras la publicación del reglamento en el Diario Oficial el sábado 12 de febrero, sirvió al Gobierno de Chile para ejecutar la primera reconducción o expulsión en caliente de venezolanos a Bolivia.
“Ya hicimos la denuncia y no nos dieron ningún comprobante. La única respuesta (que nos dan las autoridades chilenas) es que busquemos qué hacer porque no hay una solución para nosotros. Esto es una desgracia”, relató Durán al diario boliviano El Deber el martes 15 de febrero.
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La familia Durán intentaba ingresar a Chile a pie por un paso no habilitado o trocha en el altiplano andino, a más de 3.700 metros sobre el nivel del mar. Es una tortuosa ruta que se volvió cada vez más transitada por los migrantes forzosos venezolanos desde 2020, cuando el país austral puso trabas al trámite de visas y se desató la pandemia por el COVID-19.
Promulgada en abril de 2021, con la nueva Ley de Migración y Extranjería el Gobierno de Chile pretende promover “una migración regular y ordenada”, ahora ya con su reglamento. Pero ¿qué les espera a los venezolanos con la nueva normativa? El Pitazo responde algunas interrogantes, con base en el análisis del abogado venezolano Gabriel Cardozo Acosta (@gcamastercoach), especialista en temas migratorios.
¿Cuáles son algunos de los cambios más relevantes de la nueva Ley de Migración respecto de la ley de 1975?
- Prohíbe cambiar el estatus migratorio dentro de Chile, a menos que la persona pruebe vínculos familiares con chilenos o con extranjeros que tengan residencia definitiva.
- Todas las visas de residencia deben ser solicitadas en los consulados de Chile en el extranjero.
- Solo podrán optar por la residencia definitiva los extranjeros titulares de un permiso de residencia temporal que hayan residido en Chile por lo menos dos años.
- Otorga validez a la cédula de identidad vencida de las personas hasta que Extranjería resuelva su nueva solicitud. Es decir, los carnet de identidad vencidos estarán vigentes si los extranjeros demuestran estar en trámite.
- Acelera los procesos de expulsión de extranjeros que entran a Chile por pasos no habilitados o trochas, a través de «reconducciones«, mejor conocidos como devoluciones en caliente o inmediatas. «Si bien ingresar por pasos no habilitados no es un delito, sí es una falta administrativa que conlleva un procedimiento cuyos lapsos de respuesta son más cortos, tendientes a la expulsión inmediata o pronta«, destaca Cardozo Acosta.
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¿Qué pasará con las visas para ingresar a Chile?
Sigue vigente la obtención de una visa de turismo (ahora llamado Permiso Transitorio), entregada en aduana de frontera o en los consulados de Chile en el exterior. Además, la nueva ley contempla las categorías migratorias de Residencia Temporal (las que se conocían como visas temporales, es decir, visa temporaria, visa de estudiante y visa sujeta a contrato) y la Residencia definitiva.
Bajo la ley derogada existían las subcategorias migratorias que establecían condiciones y requisitos de obtención y ejecución de los permisos de residencia. Sin embargo, en la ley vigente, de acuerdo con el artículo 70, se prevé elaborar un reglamento de subcategorías migratorias, cuyas condiciones serán fijadas mediante un Decreto Supremo del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. «Todavía no sabemos cuándo se emitirá ese Decreto Supremo que establecerá las subcategorías migratorias, así como los lapsos, requisitos y cómo se puede optar por cada una de esas categorías migratorias», señala Cardozo Acosta.
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«En conclusión y por mandato del artículo transitorio 5 de la ley vigente, hasta que se dicte el decreto supremo que defina las subcategorías migratorias regirán las categorías establecidas en la ley derogada«, explica el abogado venezolano.
Sobre la Visa de Responsabilidad Democrática, creada por decreto presidencial para los venezolanos, Gabriel Cardozo aclara que la nueva ley no contempla de momento alguna modificación, por lo que sigue vigente con los mismos requisitos y procedimientos para su obtención hasta tanto sea expresamente derogada o modificada por el Consejo de Política Migratoria, en conjunto con el Ministerio de Relaciones Exteriores
¿Qué pasará con la autodenuncia?
La autodenuncia era vista por los venezolanos que entraban por pasos no habilitados, sin papeles, como un recurso para iniciar su regularización en el país sureño. Sin embargo, el abogado Gabriel Cardozo señala que no era una vía cierta.
Indica que con la nueva ley no tiene sentido la autodenuncia, porque ahora no es considerado un delito. Lo que se contempla es dejar en evidencia que se ingresó por pasos no habilitados, lo que permitirá al Estado chileno agilizar los procesos de expulsión en caliente, contra los cuales hay mecanismos de defensa, pero los lapsos para su resolución van a ser mas cortos.
“Es ahora mas difícil la regularización migratoria para quienes ingresaron por pasos no habilitados”, sentencia Cardozo.
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La autodenuncia consistía en presentarse ante la Policía de Investigaciones (PDI) de Chile para confesar que el extranjero había cometido un delito: la entrada por pasos no habilitados o trochas, cuya sanción era la prisión. Al tratarse de un confesión, conllevaba una reducción de la pena y dejaba al extranjero en régimen de presentación. Luego, las autoridades dictaban una orden de expulsión que podía frenarse mediante un recurso de amparo.
¿Se aceleran las expulsiones? ¿Qué es la reconducción?
Sí, se aceleran las expulsiones, porque se realizarán bajo un procedimiento administrativo que contempla respuestas más rápidas y lapsos mas cortos, expresa Cardozo. Ya no hace falta que un juez determine la expulsión. “Es sí, se prohíben las expulsiones colectivas, pero se tomarán en cuenta distintos parámetros como la gravedad de la falta, si es que hay delitos, status migratorio del extranjero, etcétera, para tomar una decisión”, añade.
Sobre la reconducción, el abogado indica que se trata de una práctica establecida en la nueva Ley de Migración, que consiste en la devolución inmediata de los extranjeros al país de donde venían y no al país de origen, cuando son sorprendidos en la frontera ingresando por pasos no habilitados, sin documentación o identificaciones falsas o han salido de Chile con una orden de expulsión y pretenden volver a entrar.
¿Cómo queda la reunificación familiar?
Ahora tiene rango legal, apunta Gabriel Cardozo. Se establece en el artículo 19 de la nueva ley: “Los residentes podrán solicitar la reunificación familiar con su cónyuge o con aquella persona que mantenga una relación que, de conformidad con el derecho aplicable, produzca efectos equivalentes al matrimonio, padres, hijos menores de edad, hijos con discapacidad, hijos solteros menores de 24 años que se encuentren estudiando y menores de edad que se encuentren bajo su cuidado personal o curaduría, debiendo el Estado promover la protección de la unidad de la familia”.
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Las solicitudes de reunificación familiar de niños y adolescentes con extranjeros residentes se tramitarán de manera prioritaria, reza la ley. Sin embargo, el abogado venezolano señala que hay que esperar la publicación del reglamento que crea las subcategorías de visas para determinar si se aplicará el principio de que para la reunificación familiar es necesaria la residencia definitiva o temporal.
¿Qué pasará con quienes se acogieron al proceso de regularización migratoria?
La entrada en vigencia de la nueva Ley de Migración no puede perjudicar ningún derecho adquirido, aclara Cardozo Acosta. Es decir, los venezolanos que realizaron el trámite solo deben esperar que el proceso llegue a feliz término, que es la entrega de un visa temporaria, ahora llamada de residencia temporal vigente por un año, para luego optar por una definitiva.
¿Qué contempla la nueva ley para los venezolanos con necesidad de protección internacional?
“La nueva ley no hace ninguna salvedad al respecto, salvo mencionar que aplicará lo que está contemplado en los tratados internacionales y de derechos humanos, y no puede hacerlo porque es una ley”, indica el abogado Cardozo Acosta.
Considera ideal establecer en reglamentos, a través de mesas de trabajo coordinadas con países fronterizos, una serie de mecanismos para darle acogida a esa migración venezolana forzosa, “pero la ley debe prestarse para dar cumplimiento a todos los tratados internacionales que Chile ha firmado para garantizar así el resguardo de los derechos humanos de todos”.