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sábado, 15 febrero, 2025

¿Emigraste a Perú? Conoce en qué consiste la visa de reunificación familiar

Este es el proceso por el cual los miembros de un grupo, separados forzosamente o por migración voluntaria, se reagrupan en un país distinto al de origen

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Caracas.- Los venezolanos residentes en Perú (carnet de extranjería) pueden tramitar la reunificación familiar para que sus padres, madres o hijos puedan entrar a la nación, sin necesidad de tramitar una visa turista o cruzar un paso no habilitado (trocha), según indica el portal Rostrosvenezolanos.com.

La página indica que existen varias vías para lograr la reunificación familiar, pero que esto dependerá de la calidad migratoria del ciudadano venezolano o extranjero. Lo importante es tener claro que este mecanismo abarca solo a la Unidad Migratoria Familiar.

La reunificación familiar es el proceso por el cual los miembros de un grupo, separados forzosamente o por migración voluntaria, se reagrupan en un país distinto al de origen. La Ley de Migraciones protege este proceso, que señala que el Estado garantiza y vela por la unidad familiar de los extranjeros y nacionales.

De acuerdo con la Ley de Migraciones en Perú, existen tres consideraciones:

  • El nacional o extranjero que tenga vínculo familiar con extranjero o extranjera puede solicitar ante Migraciones y el Ministerio de Relaciones Exteriores, según corresponda, la calidad migratoria de residente de cualquiera de los integrantes de su núcleo familiar para solicitar la reagrupación familiar en las situaciones previstas en el Reglamento.
  • A los familiares del extranjero con calidad migratoria temporal con permanencia mayor a 90 días, se les asigna por reunificación familiar, la misma calidad migratoria que el titular extranjero. La calidad migratoria del titular extranjero se extiende a sus familiares.
  • Los familiares extranjeros con categoría migratoria residente pueden o no optar por la calidad migratoria de residente u otra a su elección, si reúnen los requisitos exigidos por la normatividad. La calidad migratoria del titular extranjero no se extiende a sus familiares, pudiendo ser distinta.

Con información de Veninformado.pe.

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