Caracas. Ecuador concedió una amnistía migratoria a los venezolanos que ingresaron en su territorio de forma irregular, a fin de formalizar su estancia en el país andino, según el decreto presidencial 753 del miércoles, 31 de mayo.
Hasta mayo de 2022, Ecuador albergaba a 502.514 venezolanos, la mayoría en situación irregular, según estimaciones de la Plataforma R4V. Se espera que este proceso de regularización extraordinario abra a las personas de Venezuela la posibilidad de unirse a la fuerza laboral formal o iniciar un negocio propio, y acceder a servicios y derechos básicos en el país andino.
¿A quiénes incluye la amnistía migratoria?
La amnistía migratoria contempla la realización de un proceso de regularización extraordinario que está dirigido a los venezolanos y sus familias, que entraron a Ecuador por trochas o pasos irregulares y completaron el Registro de Permanencia Migratoria.
Ecuador concede amnistía migratoria a venezolanos para formalizar su estancia
El Registro de Permanencia Migratoria es un paso indispensable para ser beneficiario de una amnistía migratoria. Es en línea y se abrió para este grupo de venezolanos el 17 de febrero de este 2023 y que, de acuerdo con el decreto presidencial 753, cerró con la firma de la resolución.
«Es decir, a partir del 31 de mayo, cuando se firmó el decreto, las personas que no completaron el registro no podrán aplicar para el proceso de regularización», explicó en un Instagram Live el abogado Mario Quiroz a la venezolana y activista de derechos humanos y cofundadora de la ONG Yo te apoyo en Ecuador, Betzabeth Jaramillo.
Sin embargo, aclaró que el registro permanece abierto y es un requisito obligatorio para acceder a un proceso de solicitud de residencia temporal en Ecuador. Una vez completado, el solicitante recibe el certificado de Registro de Permanencia Migratoria.
¿Qué visa recibirán los venezolanos al final del proceso?
Los venezolanos que entraron a Ecuador por pasos irregulares y completaron el Registro de Permanencia Migratoria podrán acceder a una Visa de Residencia Temporal de Excepción (Virte).
La Virte tendrá una vigencia de dos años, renovable por una sola ocasión. Cuando se conceda la Virte, el Registro Civil otorgará la cédula de identidad respectiva.
¿Quiénes pueden acceder a la Virte?
- Los venezolanos que completaron el Registro de Permanencia Migratoria
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- Los venezolanos que no son considerados una amenaza o riesgo para la seguridad pública de Ecuador. Es decir, los que no tengan antecedentes penales ni hayan cometido delitos.
¿Cuánto tiempo durará el proceso de regularización extraordinario?
El proceso de regularización tendrá una duración de ocho meses, contados desde que la Cancillería de Ecuador -en un plazo de dos meses- emita la normativa secundaria y establezca los procedimientos y requisitos necesarios.
¿Cuándo comenzará el proceso de regularización extraordinario?
Los venezolanos deben esperar la publicación del decreto presidencial en el Registro Oficial y la emisión –en un plazo de dos meses– de una normativa secundaria que establecerá cómo, cuándo y qué otros requisitos son necesarios para completar el proceso, a fin de emitir la Virte.
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En otras palabras, Ecuador aún no ha establecido una fecha para iniciar el proceso de regularización extraordinario ni otros requisitos que serán necesarios para completarlo y conocer el alcance de la amnistía migratoria.
¿Qué documentos serán válidos en el proceso?
- El pasaporte venezolano hasta cinco años después de la fecha de su vencimiento o la de su prórroga.
- Ecuador aceptará la cédula de identidad vigente para la solicitud de la Virte. En caso de que la cédula venezolana esté vencida, reconocerá los certificados de registro otorgados por los consulados de Venezuela en el país andino (puede saber dónde están ubicados haciendo clic en el siguiente banner).
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¿Tendrá un precio el proceso de regularización extraordinario?
No. Será gratuito, aunque los solicitantes deben cubrir el valor del formulario, que es de 50 dólares, y de la orden de cedulación, de 10 dólares.
Importante
- El decreto presidencial 753 establece que la amnistía migratoria evita la deportación de los venezolanos que entraron a Ecuador por trochas o pasos irregulares.
- Con el decreto, de manera excepcional se reconocerá como fecha de ingreso a Ecuador la que los venezolanos y su grupo familiar hayan fijado en el Registro de Permanencia Migratoria ante el Ministerio del Interior.