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jueves, 28 marzo, 2024

Argentina establece excepciones para ingreso de extranjeros no vacunados

Actualmente Argentina permite el ingreso de extranjeros por turismo siempre que presenten un esquema de vacunación completo, un PCR negativo 72 horas previas al embarque y un seguro de salud de COVID-19, lo que los exime de realizar la cuarentena

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Buenos Aires.- Argentina estableció este miércoles 10 de noviembre que los extranjeros que busquen ingresar al país y posean vínculo familiar, razones de trabajo o visas migratorias, podrán hacerlo pese a no contar con el esquema completo de vacunación contra COVID-19.

Desde este mes, Argentina permite el ingreso de extranjeros por turismo pero con un esquema de vacunación completo, un PCR negativo 72 horas previas al embarque y un seguro de salud de COVID-19, lo que los exime de realizar la cuarentena, en tanto los menores sin vacunación están eximidos de realizar el aislamiento.

Según una norma publicada este miércoles en el Boletín Oficial, Argentina exceptúa del requisito de vacunación a los extranjeros “familiares directos de argentinos o residentes en el país que viajen por motivo de visita familiar”, que deben ser hijos, padres, cónyuges o convivientes de argentinos o residentes.

Esos familiares deberán presentar partida de matrimonio o de nacimiento, certificación de unión civil o convivencial, documento nacional de identidad argentino del familiar para acreditar el vínculo.

También están exceptuados los “extranjeros no residentes que viajen por motivos de trabajo, negocios, estudios / capacitación, viajes oficiales de diplomáticos o funcionarios o por ser deportista y requerir participar de un evento deportivo”.

Quienes ingresen por trabajo deben presentar una carta del empleador, de la contraparte comercial, carta oficial del organismo del Estado que envía al funcionario extranjero en misión oficial o constancia de inscripción en institución educativa o en congreso o invitación de la entidad deportiva que organiza el torneo internacional reconocido por Gobierno argentino.

Además, están exceptuados los “extranjeros a quienes se les otorgue un visado en categorías migratorias permanente o temporaria”, a quien se verificará la visa otorgada.

La norma agrega que los extranjeros que por su función diplomática estén acreditados ante el Estado Argentino podrán tramitar ante Cancillería “por única vez” una certificación consular para quedar exceptuados de la restricción de ingreso al país por la exigencia de vacunación.

Argentina -que acumula 5.299.418 de casos y 116.165 fallecimientos desde el inicio de la pandemia- justificó estas excepciones en que la letalidad acumulada por la COVID-19 es de 2,19 % y desde hace 20 semanas la curva de fallecidos está en descenso, en tanto ha superado el 50 % de su población total vacunada. 

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