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lunes, 21 abril, 2025

Tribunal otorga libertad condicional a mujer que envió mensajes a esposa de Maikel Moreno

Darelis Mercedes Corales Cabeza estaba recluida en la sede de la Dirección de General Contra Inteligencia Militar (Dgcim) de Portuguesa, tras un allanamiento que este organismo castrense practicó en su residencia en Araure

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Acarigua.- Luego de una revisión de medida, el Tribunal de Control No. 2 de Acarigua otorgó este jueves 10 de abril libertad condicional a Darelis Mercedes Corales Cabeza, aprehendida el pasado 27 de marzo por atacar vía WhatsApp a la esposa Maikel Moreno, presidente del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de la administración de Nicolás Maduro.

Durante una audiencia de oficio, el Tribunal de Control No. 2 del Segundo Circuito Judicial Penal de Portuguesa, otorgó una medida cautelar sustitutiva a la privativa de libertad, y aproximadamente a las 7:30 pm de este viernes, la joven de 31 años de edad, fue liberada, quedando sometida a una presentación periódica cada 15 días, y a la prohibición de acercarse a la víctima.

Corales Cabeza estaba recluida en la sede de la Dirección de General Contra Inteligencia Militar (Dgcim) de Portuguesa, tras un allanamiento que este organismo castrense practicó en su residencia en Araure.

El procedimiento militar se ejecutó luego de que la joven mujer, el pasado miércoles 25 de marzo, enviara dos mensajes vía WhatsApp a la esposa de Moreno, preguntándole si temía por las órdenes de captura y recompensa contra su esposo, emitida por el Gobierno de los Estados Unidos. Además, cuestionó su apariencia física.

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Corales Cabeza tomó un teléfono que en redes sociales, habían publicado de la esposa de abogado oficialista para escribirle.

Dos días después de su detención, el domingo 29, fue presentada por la Fiscalía Décima del Ministerio Público ante el mencionado tribunal, Imputándola por el artículo 20 de la Ley contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia, aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) y publicada en la Gaceta Oficial Nº 41.274 en noviembre de 2017.

Dicho artículo establece prisión de 10 a 20 años para quien públicamente incite al odio, la discriminación o la violencia contra una persona o conjunto de personas en razón de su pertenencia real o presunta a determinado grupo social, étnico, religioso, político.

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