Mérida.- El pasado 2 de septiembre, el Observatorio de Derechos Humanos de la Universidad de Los Andes (ODH-ULA) presentó el informe «Venezuela: paralización del acceso a la justicia durante el COVID-19», donde señala la inoperancia de los órganos del sistema de justicia nacional, indicando evidencias de esto en la región andina del país.
«El pasado 20 de marzo, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ilegítimo dictó en Sala Plena la resolución N° 001-2020, mediante la cual resolvió suspender las causas y lapsos procesales, exceptuando únicamente los lapsos en materia de amparo constitucional. Esta decisión, ratificada el pasado 12 de julio bajo la resolución N° 005-2020, viola el acceso a la justicia, consagrado como principio fundamental del Estado de Derecho en la Constitución nacional y en tratados internacionales», enfatiza en una nota de prensa el ODH-ULA, a propósito del referido informe.
Tribunales inoperativos
El observatorio ulandino denuncia que en el estado Mérida no hay atención en los tribunales, a pesar de que las resoluciones emitidas por la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) del gobierno de Nicolás Maduro, a propósito de la cuarentena, señalan en su artículo 2 que “los jueces, incluso los temporales, están en la obligación de tramitar y sentenciar los procesos de amparo constitucional”.
El ODH-ULA asegura que en los tribunales solo se están atendiendo casos referidos a la privación de libertad, bien sea por orden judicial o por flagrancia.
Directiva de Acción Ciudadana en Positivo reitera ante el TSJ robo del partido
Jueces no cumplen sus funciones
Aunque la unidad de recepción de documentos del Circuito Judicial Penal del estado Mérida sí está recibiendo y procesando solicitudes de habeas corpus en este período de cuarentena, los jueces a cargo de los respectivos tribunales no han acudido a retirar las solicitudes introducidas desde el pasado mes de marzo.
«En cuanto al dictamen de sentencias por parte de los tribunales, el sitio web del TSJ muestra que en la región andina, entre los meses de marzo y junio, solo se han dictado 13 sentencias: en el estado Mérida 7, cantidad muy por debajo de las 19 sentencias dictadas en el mes de enero y las 12 del mes de febrero; en el estado Táchira solo hay 6 sentencias en el mes de marzo y ninguna en los meses siguientes; en el estado Trujillo solo hay una sentencia en lo que va de año 2020, que fue dictada en el mes de febrero«, detalla el ODH-ULA.
No se utilizan herramientas digitales
A pesar de que el artículo 38 de la Ley de Simplificación de Trámites Administrativos establece que la administración pública debe dar preferencia al uso de tecnologías de la información, en la práctica esto no ocurre, señala el observatorio de la ULA.
En contraparte, la atención personal en oficinas para la realización de trámites legales no es posible debido a la falta de recursos materiales, tecnológicos y humanos. En Mérida prefecturas ni cuentan con equipos de computación, teléfonos, ni materiales de oficina como resmas de papel, entre otros. Aunado a ello, el personal que atiende al público no está adecuadamente capacitado. Algunas prefecturas no cuentan con funcionarios encargados de hacer las citaciones.
«Desde el pasado mes de marzo, el ODH-ULA ha consignado ante la Defensoría del Pueblo del estado Mérida un total de 10 denuncias y 15 ratificaciones. De igual forma, ha interpuesto ante el Ministerio Público 2 denuncias y 3 ratificaciones de las mismas. Sobre ninguna se ha recibido respuesta hasta la fecha», agrega el ODH-ULA.
Foro Penal: Nos oponemos al uso de presos como fichas políticas