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domingo, 16 marzo, 2025

Departamento del Tesoro otorga licencia a Rosneft para liquidar transacciones en Venezuela

Rosneft hace semanas anunció la culminación de sus relaciones comerciales y operativas directas con la estatal Petróleos de Venezuela (Pdvsa), luego de que la Ofac aplicara sanciones a una de sus filiales en Suiza

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Caracas.- El Departamento del Tesoro de Estados Unidos (EE. UU.), a través de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (Ofac, por sus siglas en inglés), emitió este martes, 12 de mayo, una nueva licencia general hasta el 20 de mayo para que la petrolera rusa Rosneft Trading S.A. ejecute “actividades necesarias para la liquidación de transacciones” en Venezuela.

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A continuación, la Licencia General No. 36A emitida por la Ofac íntegra:

Oficina de Control de Activos Extranjeros

Reglamento de Sanciones de Venezuela

31 C.F.R. Parte 591

Licencia general N°. 36A

Autorizar ciertas actividades necesarias para reducir la velocidad de transacciones que involucran a Rosneft Trading S.A. o TNK Trading International S.A.

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Salvo lo dispuesto en el párrafo (b) de esta licencia general, todas las transacciones y actividades prohibidas por la Orden Ejecutiva (E.O.) 13850 del 1 de noviembre de 2018, según enmienda por E.O. 13857 del 25 de enero de 2019, e incorporada al Reglamento de Sanciones de Venezuela, 31 C.F.R. parte 591 (el VSR), que normalmente son incidentes y necesarias para la desconexión de transacciones que involucren a Rosneft Trading S.A. o TNK Trading International S.A., o cualquier entidad en que Rosneft Trading S.A. o TNK Trading International S.A. posea, directa o indirectamente, un 50 por ciento o más de interés, están autorizadas hasta las 12:01 am, hora del este, del 20 de mayo de 2020.

(b) Esta licencia general no autoriza:

(1) Cualquier débito en una cuenta de Rosneft Trading S.A. o TNK Trading International S.A., o de cualquier entidad en la que Rosneft Trading S.A. o TNK Trading International S.A. sea propietaria, directamente o indirectamente, de un interés del 50 por ciento o más, en los libros de una institución financiera de los Estados Unidos; o

(2) Cualquier transacción o actividad prohibida por el VSR o cualquier otra parte de 31 C.F.R. capítulo V, o cualquier transacción o actividad con cualquier persona bloqueada que no sea persona bloqueada identificada en el párrafo (a) de esta licencia general.

(c) En vigencia a partir del 12 de marzo de 2020, la Licencia General No. 36, fechada el 18 de febrero de 2020, es reemplazada en su totalidad por esta Licencia General No. 36A.

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