Caracas.- Los montos de las sanciones vinculadas con las infracciones de tránsito en Venezuela aún tienen como referencia la Unidad Tributaria (UT), cuyo valor actual es de Bs. 0,02, de acuerdo con lo establecido en el apartado sobre los incumplimientos de las normas precisadas en la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre decretada en 2001.
Según el marco jurídico, en los artículos 110 y 111 se establecen multas por un valor equivalente de entre 5 y 10 UT para quienes incurran en alguna de las infracciones precisadas en la ley.
El rezago en cuanto a la actualización del marco legal para la fijación de multas de tránsito es uno de los elementos que tanto autoridades municipales como regionales tienen en cuenta para su respectivo ajuste.
En Caracas, en el municipio Chacao, por ejemplo, las autoridades trabajan en la modificación de las ordenanzas correspondientes para cambiar el porcentaje de sanciones relacionadas con las infracciones de tránsito, de acuerdo con lo informado por el concejal Danny González, quien consideró que las multas deberían tener un valor equivalente a 10, 20 y 30 dólares, según la recurrencia.
«Una multa de 30 dólares es mucho más de lo que está en este momento», refirió González en una entrevista concedida a Unión Radio en el mes de marzo.
En Vargas, las autoridades estatales implementaron a partir de febrero de 2021 la Ley de Convivencia Ciudadana, en la que se establecen multas por infracciones de tránsito que van desde Bs. 10 hasta Bs. 400, montos muy por encima del valor actual de la UT.
En 2020, la Alcaldía de Caracas informó sobre el uso del petro como unidad de cálculo para establecer multas y sanciones de todo el sistema tributario municipal.
Según la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, son 18 las infracciones sancionadas con hasta 10 UT, entre las que destacan:
- Conducir vehículos con la licencia vencida, suspendida o sin haberla obtenido.
- Circular sin placas identificadoras o con placas que no correspondan al vehículo.
- Incumplir la obligación de registrar el vehículo o suministrar datos falsos al Registro Nacional de Vehículos y Conductores.
- Conducir vehículos sin haber aprobado la revisión técnica, mecánica y física.
- Conducir vehículos bajo influencia de bebidas alcohólicas, sustancias estupefacientes o psicotrópicas o por encima del límite máximo de velocidad establecido.
- Darse a la fuga en caso de estar involucrados en accidentes de tránsito.
De acuerdo con la Ley de Tránsito y Transporte Terrestre, son 7 las infracciones sancionadas con hasta 5 UT:
- Conducir vehículos desprovistos de los dispositivos, equipos o accesorios de uso obligatorio relativo a las condiciones de seguridad, o cuando dichos aditamentos presenten defectos de funcionamiento.
- Conducir vehículos cuya emisión de gases, ruidos o sonidos, supere los límites permitidos por las disposiciones que regulan la materia.
- Usar equipos de comunicación mientras se conducen vehículos, con excepción de dispositivos de manos libres.
- Violar el derecho a la circulación a los demás usuarios de las vías.
- Incumplir la obligación de notificar al Registro Nacional de Vehículos y Conductores en los casos establecidos en la ley y su reglamento.