Caracas.- La Asamblea Nacional electa en 2020 aprobó, el jueves 20 de enero, en primera discusión, la reforma a la Ley de Impuestos a las Grandes Transacciones Financieras, la cual incorpora un impuesto de 2,5 % a las transacciones con divisas y criptomonedas realizadas en el país por cualquier persona natural o jurídica.
Los abogados Juan Castillo, socio de TinocoTravieso y expresidente de la Asociación Venezolana de Derecho Tributario, y José Javier García, socio de Legal & Tax PwC Venezuela, explicaron a El Pitazo en qué consiste la reforma a la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras que plantea el Parlamento chavista y su alcance:
«Esto lo que genera es un encarecimiento de las cosas» y generará más informalidad, dijo, por su parte, el abogado y contador público José Javier García.
«Con esta nueva reforma se busca que las transacciones en divisas paguen un impuesto sobre los débitos y transacciones al menos igual o superior al que hoy pagan los débitos en bolívares», dice la presentación de la reforma en la página web del Parlamento chavista.
-Tiene tres grandes componentes, dijo Castillo: autoriza al Ejecutivo nacional a aumentar mediante un decreto las tasas de los impuestos hasta un 20 %, incorpora un impuesto que deben pagar las personas que cancelen en divisas o criptoactivos a establecimientos y establece un incremento de las tasas a aquellas personas que ya estaban incluidas en la ley.
Cinco datos que revelan la triste situación de los profesores jubilados en Venezuela
-Busca fundamentalmente aumentar la recaudación al grabar con 2,5% los pagos que se realicen en moneda extranjera, por cualquier persona natural o jurídica.
-Hasta el momento, no hay normas técnicas que regulen la aplicación de este impuesto, señaló Castillo; sin embargo, indicó que el pago se realizará en bolívares, pero la base de cálculo será en divisas.
-De aprobarse este impuesto coexistirá con los demás tributos, entre ellos el pago del Impuesto al Valor Agregado (IVA).
-Para que la reforma a esta ley tenga vigencia debe aprobarse en segunda discusión, en la que pueden surgir cambios, luego debe publicarse en Gaceta Oficial y esperar 30 días más, dijo el socio de Legal & Tax PwC Venezuela. Recordó, además, que la reforma de ley debe ser consultada con los gremios y ciudadanos, según lo establece la Constitución.
Un impuesto ya existente
El abogado José Javier García explicó que el Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras ya existe, se ubica en 2 % y aplica a los denominados contribuyentes especiales, los cuales son personas jurídicas a las que el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (Seniat) identifica como tal, según su nivel de ingresos. Asimismo, detalla que este tributo se descuenta de manera automática por el banco cuando estos contribuyentes especiales realizan una transacción a través de la banca nacional. Cuando el pago se realiza sin el uso del sistema financiero venezolano, con medios como Zelle, Paypal o efectivo, el contribuyente debe calcular el 2 % y entregarlo al fisco.
García resalta que los contribuyentes especiales no están identificados públicamente como tal, lo que dificulta el cobro de este tributo. «¿Cómo sé yo si a quien le estoy pagando es sujeto especial?», cuestionó.
Pago de impuestos en divisas
El socio de Legal & Tax PwC Venezuela aclaró que un decreto publicado en diciembre de 2018, vigente hasta el momento, prevé la posibilidad de pago de impuestos en divisas y criptoactivos; sin embargo, establece que el Seniat y la Sudeban deben establecer los lineamientos y, hasta el momento, no lo han hecho, por lo que la medida no se ha materializado.
También mencionó las reformas en 2020 al Código Orgánico Tributario para permitir sanciones en moneda extranjera, y a la Ley del Impuesto al Valor Agregado (IVA), que establece un pago adicional por uso de moneda extranjera, cuya base imponible será determinada por el Ejecutivo, pero se ubicará entre 5 % y 25 %, todavía sin ejecutarse.
Con estas modificaciones legales «pareciera que se está preparando el gobierno de Maduro» para iniciar el cobro de impuestos en divisas, si bien, hasta el momento, muchos de estos decretos no se han comenzado a aplicar, apuntó.