Con la nueva configuración, las comunidades indígenas pierden el derecho a elegir a sus diputados de manera universal, directa, libre y secreta

#GuachimanElectoral

Sobre la marcha, el Consejo Nacional Electoral (CNE) ha ido incorporando normativas que regirán las elecciones del #6D. Sin embargo, esa improvisación afecta directa e indirectamente a tres grupos que el aparataje del Estado e incluso el mismo Poder Electoral dicen defender: mujeres, indígenas y migrantes.

Desde el #GuachimánElectoral hacemos un breve repaso de cómo las nuevas normas, e incluso el incumplimiento de ellas, van en detrimento de sectores puntuales de la sociedad:

No hay voto directo para la población indígena

El reglamento que regirá la “elección” de los diputados indígenas ha sido duro para la población originaria, cuyo derecho al voto directo, universal, libre y secreto fue sustituido con una elección de segundo grado que en principio se haría a mano alzada “en reconocimiento de las costumbres indígenas”, pero que, tras el rechazo de integrantes de las comunidades originarias que argumentaron que en sus costumbres no estaba tomar decisiones a mano alzada, el CNE decidió cambiarla a la modalidad manual.

Las elecciones para la población indígena difieren del resto en varios aspectos, entre ellos la eliminación del voto directo, tal como lo ratificó el órgano electoral en el Reglamento publicado el pasado 14 de agosto, que modifica los artículos 6, 12 y 17. Estas comunidades tampoco elegirán a sus diputados el 6 de diciembre como el resto del país, sino que conformarán asambleas tres días después, el miércoles 9 de diciembre.

Para Francisco Castro, director de la asociación civil Súmate, no hay ningún mecanismo que permita asegurar el secreto en los procesos previos a la escogencia del delegado, ya que las asambleas no garantizan un voto secreto ni libre. “Una elección a través de algún representante del cacique puede ser lo que finalmente ocurra en las poblaciones indígenas”, alerta Castro, quien denuncia una violación a la libre expresión de estas comunidades.

Jesús Gutiérrez, coordinador del Parlamento Indígena Venezolano (Parlinve), cuestiona la decisión del órgano electoral y asegura que desde su organización agotaron todas las vías para revertir esta normativa. Recurrieron, entre otras, a un recurso de amparo ante el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) en el que desmienten que una elección de segundo grado responda a los usos y costumbres de las poblaciones indígenas. Al contrario, reitera que es violatoria de la Constitución.

“En la Constitución de 1999, en la letra hay un avance, pero en la práctica hemos retrocedido mucho más que la del 1961. Hicieron caso omiso a nuestras propuestas para participar”, dijo Gutiérrez.

Agrega que 17 de las 26 organizaciones indígenas que postularían candidatos para estos comicios no participaron en las reuniones que programó el CNE de forma inconsulta.

Francisco Castro destaca que la nueva configuración también disminuye la representación indígena en el Parlamento, debido a que la cantidad de diputados se mantiene en tres, pese a que aumentó el número de curules totales, lo cual implica pasar de una representación de 1,8% a una de 1,1% de la Cámara.

“La fórmula matemática hace imposible que se elija a más de 167 parlamentarios. Con los cambios que hicieron, que por supuesto son inconstitucionales, el Parlamento ahora tiene 277 diputados, pero sigue teniendo tres diputados indígenas”, agrega el director de Súmate.

Al respecto, Gutiérrez, del grupo Parlinve, señala que propuso al Poder Electoral aumentar los diputados a uno en cada estado con población indígena, es decir diez, y que a este número se le aplicara la misma proporcionalidad en cuanto a los diputados adicionales. La propuesta fue desechada.

Una incumplida normativa de paridad de género

Otro de los sectores vulnerados es el conformado por mujeres, pese a la existencia de una normativa de paridad de género que establece un 50% de las postulaciones de hombres y 50% de mujeres.

Una revisión hecha por el #GuachimánElectoral a las candidaturas de los principales partidos en sus listas nacionales da cuenta de que no cumplieron con este reglamento en la postulación de sus candidatos.

Por ejemplo, el Gran Polo Patriótico tiene en su lista nacional a 61 hombres y 35 mujeres; el PCV tiene a 47 mujeres y 49 hombres; la coalición Venezuela Unida, Primero Venezuela y Voluntad Popular ad hoc, que inscribió a 48 candidatos en su lista nacional, tiene 29 hombres y 19 mujeres; Cambiemos tiene 39 mujeres, Nuvipa 49, Copei 30, Avanzada Progresista 32, la intervenida AD 24 de 61 candidatos, y Movimiento Ecológico tiene 28 mujeres de 57 postulados. Solo El Cambio, Pro ciudadanos y UPP89 lograron la igualdad en las postulaciones, es decir, 11,5% de los partidos que participan en estos comicios, y ninguno cumplió con la alternabilidad.

El director de Súmate cree que estas cuotas son un tema “álgido”, porque también se puede considerar una violación al derecho imponer paridad de género.

Por su parte, el informe del Centro de Justicia y Paz titulado “La paridad de género en Venezuela continúa en deuda: elecciones parlamentarias 2020”, señala que el proyecto del CNE “aparenta un paso hacia la paridad de género”, pero resulta violatorio de la Constitución al ser publicado días después del inicio de las postulaciones.

Además, el informe señala que la normativa no ha sido tomada en cuenta en las postulaciones, “por lo que lejos de brindar soluciones legales efectivas, estas han sido improvisadas y representan otra gravísima irregularidad en este proceso electoral”, según se lee.

Este documento también destaca la importancia de una participación plena y efectiva de la mujer en la Asamblea Nacional, más allá de las postulaciones, en donde los intereses y necesidades de las mujeres, niñas y adolescentes se encuentren posicionadas en la agenda parlamentaria.

Egleé González-Lobato, exconsultora jurídica del CNE y directora de la Cátedra «Democracia y Elecciones» de la Universidad Central de Venezuela (UCV), coincide con esta postura al afirmar que el problema es de largo alcance y se relaciona más con la sociedad, no solo con el CNE. “No es solo que se postulen las mujeres, sino que voten por ellas”, señala.

Destaca que las cuotas son el primer paso para la inclusión de la mujer, pero no necesariamente garantizan que la mujer sea incluida en las políticas de la sociedad, porque de nada vale que se cumplan si los partidos no invierten en campañas para las mujeres o la población no vota por ellas.

La exconsultora jurídica del CNE considera que si bien no se logra la paridad y alternabilidad de género, el órgano electoral ha sido uno de los principales impulsores de las cuotas. Asimismo, agradece que la normativa de estos comicios no atienda a jugadas políticas, como sucedió en 2015, cuando, recuerda, fue usada para obstaculizar las postulaciones de los partidos opositores al obligarlos a modificar las listas.

Una de las mayores afectaciones en cuanto a igualdad de género la sufre la representación indígena, señala González-Lobato, porque en esta población no se aplica la paridad de género: primero con la eliminación del voto directo, y segundo porque este tipo de comunidades se rige bajo un sistema patriarcal en el que se excluye a la mujer.

El derecho de los venezolanos en el exterior

Con los migrantes venezolanos ocurre otra particularidad, y es que en condiciones regulares los ciudadanos que se encuentren fuera del país no tienen derecho a votar en elecciones parlamentarias o regionales por tratarse candidatos asociados a una circunscripción o estado, pero en esta ocasión el CNE incorporó una lista nacional y este cambio debería darle posibilidad a los venezolanos en el exterior de participar en los comicios, debido a que estos diputados no representarán a ningún estado, sino que resultarán “electos” del cociente de todos los votos de cada partido. Pese a esto, ese derecho no les fue reconocido.

“Con esto también están violando los derechos de esos grupos, que no tienen la posibilidad de sufragar aun cuando la Constitución lo establece”, dice el director de Súmate, quien señala que los derechos de los migrantes también se vulneran cuando no tienen la posibilidad de actualizar sus datos en el Registro Electoral o se les exige un estatus migratorio para poder participar en las decisiones del país.

Otros sectores vulnerados

Francisco Castro recuerda que al inicio del proceso electoral se vulneró la inscripción de los participantes por iniciativa propia y grupos de electores, por lo corto de los lapsos que estableció el CNE (además complicado por la pandemia), mientras que el lapso de inscripción para partidos se extendió en dos oportunidades.

También fueron quebrantados los derechos de los jóvenes con un operativo de inscripción y actualización de electores “insuficiente matemáticamente” para permitir el derecho de más de 2 millones de jóvenes que estarían en edad para votar. “Se trató de un operativo demasiado corto en términos de tiempo y de puntos que permitió el registro de apenas 200.000 jóvenes”, dijo.

Con esto también se violó el derecho de los ciudadanos a actualizar el registro electoral, ya que de 1.600.000 que debieron hacerlo para estos comicios, apenas 600.000 pudieron renovar sus datos ante el ente electoral.

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