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jueves, 28 marzo, 2024

Mantienen medidas cautelares a jueza Afiuni durante cinco años más

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Caracas.- La jueza María Lourdes Afiuni fue condenada a cinco años más de detención bajo las mismas medidas cautelares dictaminadas hasta ahora, en una decisión emitida este jueves 21 de marzo por el tribunal 17 de juicio de Caracas. Se le imputan las medidas bajo el presunto delito de corrupción.

José Amalio Graterol, miembro del equipo de abogados defensores, indicó que el juez encargado del caso, Manuel Antonio Bognanno, la condenó por lo que calificó «corrupción espiritual», pues no hay pruebas de una corrupción «tangible», ni se demostró que la jueza recibiera dinero o bienes materiales a cambio de favorecer a sus procesados.

Calificó la sentencia como «un error inexcusable», pues no se puede procesar a un detenido por corrupción sin evidencia física, pues «sería como condenar a alguien de homicidio sin que haya un muerto«.

«Por eso nosotros hemos denominado a esto ‘corrupción espiritual’, porque no hay promesa de dinero, ni hay dinero, ni nada tangible para condenar por ese delito», aclaró.

Señaló que el juez absolvió los cargos por Favorecimiento para la evasión del detenido y Abuso de poder, los cuales le fueron imputados a Afiuni en 2009 por el entonces presidente Hugo Chávez.

En ese momento, la abogada era presidenta del Tribunal de Control 31 de Caracas, y por solicitud directa de la Organización de Naciones Unidas, brindó medidas cautelares al banquero Eligio Cedeño, quien llevaba tres años en prisión preventiva por fraude y que aprovechó su beneficio procesal para huir del país.

Según Graterol, la jueza actuó apegada al artículo 264 del Código Procesal Penal y de la resolución emanada de un equipo de trabajo de la ONU que calificó la detención de Cedeño como «arbitraria».

Irregularidades

Graterol denunció que durante la audiencia, se cometieron diversas irregularidades que llevaron a Afiuni a retirarse de la sala al saber que su sentencia estaba acordada desde antes del juicio.

Indicó que el Ministerio Público no solicitó condena ni absolución, sino que dejó en manos del juez la decisión final.

«Es algo bien extraño en un proceso penal y judicial en Venezuela, (los fiscales) tienen que decir si se demostró o no la culpabilidad de la persona y por qué se demostró», agregó.


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Igualmente, explicó que para los delitos por corrupción, además de la pena corporal que implica de tres a siete años de cárcel, existe una pena pecunaria, que se expresa en una multa por hasta el 50% del dinero recibido por el acusado. En el caso de Afiuni, al no haber tal dinero, Bognanni encargó al juez de ejecución la fijación de la multa, lo cual aseveró, está fuera de sus atribuciones.

«No corresponde al juez de ejecución decidir la multa. El juez de ejecución solo ejecuta las sentencias«, acotó.

El abogado defensor señaló que apelarán a la corte para que haya una suspensión condicional de la pena y la jueza pueda estar en libertad mientras continúa su juicio.

Expresó que ante el hecho de que el juez Bognanno ya poseía la sentencia escrita antes de dar su veredicto, actualmente el Poder Judicial se ha convertido en un «brazo ejecutor» de la persecusión contra la disidencia política del chavismo.

«No son jueces sino oficinistas que reciben órdenes y condenan a trocha y mocha a quien les ordene el Tribunal Supremo de Justicia usurpador», afirmó.

Delito inexistente

El abogado Gonzalo Himiob, director del Foro Penal, explicó en su cuenta de Twitter, @HimiobSantome, que en el presunto delito de “corrupción espiritual” no está tipificado en las leyes.

“La inmoralidad o la ‘corrupción’ del espíritu (y María Afiuni es una mujer íntegra) son en todo caso temas de la religión, no del derecho. Hay jueces ‘del siglo XXI’ que parecen más bien del siglo XII. Atraso total”, sentenció.

El término “corrupción espiritual” lo adoptó la defensa del caso en forma de sarcasmo, pues se sentenció a una persona por supuesta corrupción cuando no hubo dinero ni promesa de pago.

La jueza Afiuni ya cumplió con cuatro de los cinco años de prisión dictados. El tiempo restante lo pasaría con una medida de libertad condicional, que ya poseía desde 2014. Tendrá régimen de presentación periódica en tribunales, prohibición de salir del país y de declarar en redes sociales.

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